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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNITAT VALENCIANA ACTA DE LA SESION DE LA COMISION DE LA SALA DE GOBIERNO DE 3 DE FEBRERO DE 2016 1 En Valencia, a 03 de febrero de 2016. A la hora señalada, en la Sala de Juntas de su sede, y para tratar de los asuntos relacionados en el orden del día, que luego se dirán, se reúne la Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Citados previamente para ello, están presentes y la componen la Excma. Sra. Dª María Pilar de la Oliva Marrades, Presidenta del Tribunal Superior de Justicia, quien preside la sesión, Ilmo. Sr. D. Mariano Miguel Ferrando Marzal, Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, Excmo. Sr. D. Fernando Pascual de Rosa Torner, Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia, Ilmo. Sr. D. Pedro Luís Viguer Soler, Magistrado Juez Decano de los Juzgados de Valencia, Ilmo. Sr. D. José Francisco Lara Romero, Magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, Ilmo. Sr. D. Juan Carlos Cerón Hernández, Magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante e Ilma. Sra. Dª María Pilar Esther Rojo Beltrán, Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal nº 14 de Valencia. Asisto yo, D. José Miguel de Ángel Cubells, como Secretario de Gobierno del Tribunal, votando los acuerdos que puedan adoptarse en los asuntos a que se refiere el artículo 152.1.12º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La Excma. Sra. Presidenta declara abierto el acto y yo, el Secretario, voy dando cuenta de cada uno de los asuntos traídos a esta sesión, respecto de los que la Comisión de la Sala de Gobierno, previa deliberación y votación, toma los siguientes acuerdos: 1.- Relativo a Jueces de Paz 1º.- Nombrar a Doña Rosa Isabel Doménech Martínez, con D.N.I. XXX, Juez de Paz sustituta de “BENIMELI” (DENIA-ALICANTE), para un período de cuatro años, que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegida para el desempeño de tal cargo por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 9 de noviembre de 2015, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 502/1994, de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Excma. Sra.: De la Oliva Marrades, Presidenta, Ilmo. Sr. Ferrando Marzal, Excmo. Sr. De Rosa Torner, Ilmo. Sr. Viguer Soler, Ilmo. Sr. Lara Romero Ilmo. Sr. Cerón Hernández, Ilma. Sra. Rojo Beltrán

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    ACTA DE LA SESION DE LA COMISION DE LA SALA DE GOBIERNO

    DE 3 DE FEBRERO DE 2016

    1

    En Valencia, a 03 de febrero de 2016.

    A la hora señalada, en la Sala de Juntas de

    su sede, y para tratar de los asuntos relacionados

    en el orden del día, que luego se dirán, se reúne la

    Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal

    Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

    Citados previamente para ello, están presentes y la

    componen la Excma. Sra. Dª María Pilar de la Oliva

    Marrades, Presidenta del Tribunal Superior de

    Justicia, quien preside la sesión, Ilmo. Sr. D.

    Mariano Miguel Ferrando Marzal, Presidente de la

    Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

    Superior de Justicia, Excmo. Sr. D. Fernando

    Pascual de Rosa Torner, Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia, Ilmo. Sr. D.

    Pedro Luís Viguer Soler, Magistrado Juez Decano de los Juzgados de Valencia, Ilmo.

    Sr. D. José Francisco Lara Romero, Magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia

    Provincial de Valencia, Ilmo. Sr. D. Juan Carlos Cerón Hernández, Magistrado de la

    Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante e Ilma. Sra. Dª María Pilar

    Esther Rojo Beltrán, Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal nº 14 de Valencia.

    Asisto yo, D. José Miguel de Ángel Cubells, como Secretario de Gobierno del

    Tribunal, votando los acuerdos que puedan adoptarse en los asuntos a que se refiere el

    artículo 152.1.12º de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

    La Excma. Sra. Presidenta declara abierto el acto y yo, el Secretario, voy dando

    cuenta de cada uno de los asuntos traídos a esta sesión, respecto de los que la

    Comisión de la Sala de Gobierno, previa deliberación y votación, toma los siguientes

    acuerdos:

    1.- Relativo a Jueces de Paz

    1º.- Nombrar a Doña Rosa Isabel Doménech Martínez, con D.N.I. XXX,

    Juez de Paz sustituta de “BENIMELI” (DENIA-ALICANTE), para un período de

    cuatro años, que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en

    el "Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegida para el desempeño de tal

    cargo por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 9 de

    noviembre de 2015, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº

    502/1994, de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del

    Excma. Sra.:

    De la Oliva Marrades,

    Presidenta,

    Ilmo. Sr. Ferrando Marzal,

    Excmo. Sr. De Rosa Torner,

    Ilmo. Sr. Viguer Soler,

    Ilmo. Sr. Lara Romero

    Ilmo. Sr. Cerón Hernández,

    Ilma. Sra. Rojo Beltrán

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    Poder Judicial y en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De

    los Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder

    Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el

    correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la

    Provincia" de Alicante.

    Advertir a la nombrada que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

    de Paz de Benimeli dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento

    o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

    siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

    Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

    Sr. Juez Decano de los Juzgados de Denia; y si se negase a prestar juramento o

    promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá

    que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de Paz").

    Notifíquese a la interesada y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de

    Paz y al Juzgado Decano de los de Denia, del que el de Paz depende y dese cuenta al

    Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos

    correspondientes.

    2º.- Nombrar a Doña Ángeles García Jover, con D.N.I. XXX, Juez de Paz

    sustituta de “Cullera” (SUECA-VALENCIA), para un período de cuatro años, que

    se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

    de la Provincia”, al haber sido elegida para el desempeño de tal cargo por el Pleno

    del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 23 de diciembre de 2015,

    del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 161/1994, de

    conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y

    en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de

    Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de

    junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Valencia.

    Advertir a la nombrada que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

    de Paz de Cullera dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento o

    promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

    siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

    Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

    Sr. Juez Decano de los Juzgados de Sueca; y si se negase a prestar juramento o

    promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá

    que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de

    Paz").

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    DE 3 DE FEBRERO DE 2016

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    Notifíquese a la interesada y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de

    Paz y al Juzgado Decano de los de Sueca, del que el de Paz depende y dese cuenta al

    Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

    3º.- Nombrar a Doña María Victoria García Montes, con D.N.I. XXX, Juez

    de Paz titular de “NÀQUERA” (LLIRIA-VALENCIA), para un período de cuatro

    años, que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el

    "Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegida para el desempeño de tal cargo

    por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 24 de

    noviembre de 2015, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº

    771/1993, de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del

    Poder Judicial y en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De

    los Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder

    Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el

    correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la

    Provincia" de Valencia.

    Advertir a la nombrada que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

    de Paz de Nàquera dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento

    o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

    siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

    Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

    Sr. Juez Decano de los Juzgados de Lliria; y si se negase a prestar juramento o

    promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá

    que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de

    Paz").

    Notifíquese a la interesada y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de

    Paz y al Juzgado Decano de los de Lliria, del que el de Paz depende y dese cuenta al

    Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

    4º.- Nombrar a Don Francisco Planells Tel, con D.N.I. XXX, Juez de Paz

    sustituto de “Picanya” (TORRENTE-VALENCIA), para un período de cuatro años,

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    que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín

    Oficial de la Provincia”, al haber sido elegido para el desempeño de tal cargo por el

    Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 17 de diciembre de

    2015, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 607/1993,

    de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder

    Judicial y en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los

    Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder

    Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el

    correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Valencia.

    Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

    de Paz de Picanya dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento o

    promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

    siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

    Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

    Sr. Juez Decano de los Juzgados de Torrente; y si se negase a prestar juramento o

    promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá

    que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de

    Paz").

    Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de Paz

    y al Juzgado Decano de los de Torrente, del que el de Paz depende y dese cuenta al

    Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

    5º.- Nombrar a Don Camilo Llopis Sancho, con D.N.I. XXX, Juez de Paz

    titular de “SELLENT” (ALZIRA-VALENCIA), para un período de cuatro años, que

    se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

    de la Provincia”, al haber sido elegido para el desempeño de tal cargo por el Pleno

    del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 5 de noviembre de 2015,

    del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 772/1993, de

    conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y

    en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de

    Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de

    junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Valencia.

    Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

    de Paz de Sellent dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento o

    promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

    siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

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    Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

    Sr. Juez Decano de los Juzgados de Alzira; y si se negase a prestar juramento o

    promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá

    que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de Paz").

    Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de Paz

    y al Juzgado Decano de los de Alzira, del que el de Paz depende y dese cuenta al

    Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

    6º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 772/1993

    del Acuerdo de la sesión del Pleno del Ayuntamiento de “SELLENT” de 5 de

    noviembre de 2015, del que obra certificación unida al mismo, relativo al Dictamen

    sobre elección de Juez de Paz Sustituto, del que resulta que no se ha presentado

    ningún candidato, no elevando propuesta alguna.

    En su consecuencia, proceder a la designación directa del Juez de Paz

    sustituto de “SELLENT” a que se refiere el artículo 10.1 del Reglamento nº 3/1995,

    de 7 de junio, de los Jueces de Paz, y de conformidad con lo preceptuado en el

    artículo 11 del mismo anúnciese la vacante en el Boletín Oficial de la Provincia de

    Valencia y publíquense edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el del

    Tribunal Superior de Justicia, en el del Juzgado Decano de los de Alzira y en el del

    Juzgado de Paz de Sellent, con advertencia a quienes pudieran estar interesados en

    el nombramiento de que podrán formular solicitudes directamente ante esta Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

    Comuníquese al Consejo General del Poder Judicial. El presente Acuerdo se

    adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

    7º.- Nombrar a Don Emilio Ortolá Vidal, con D.N.I. XXX, Juez de Paz

    sustituto de “SEMPERE” (ONTINYENT-VALENCIA), para un período de cuatro

    años, que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el

    "Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegido para el desempeño de tal cargo

    por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 25 de

    noviembre de 2015, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº

    472/1993, de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del

    Poder Judicial y en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De

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    los Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder

    Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el

    correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Valencia.

    Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

    de Paz de Sempere dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento

    o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

    siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

    Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

    Sr. Juez Decano de los Juzgados de Ontinyent; y si se negase a prestar juramento

    o promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se

    entenderá que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de Paz").

    Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de Paz

    y al Juzgado Decano de los de Ontinyent, del que el de Paz depende y dese cuenta al

    Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia

    Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

    8º.- Nombrar a Don Juan Luís Alonso Fuentes, con D.N.I.XXX, Juez de

    Paz sustituto de “VALLÉS” (XÀTIVA-VALENCIA), para un período de cuatro años,

    que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín

    Oficial de la Provincia”, al haber sido elegido para el desempeño de tal cargo por el

    Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 30 de diciembre de

    2015, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 745/1993,

    de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder

    Judicial y en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los

    Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder

    Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el

    correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Valencia.

    Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

    de Paz de Vallés dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento o

    promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

    siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

    Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

    Sr. Juez Decano de los Juzgados de Xàtiva; y si se negase a prestar juramento o

    promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá

    que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de

    Paz").

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    Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de Paz

    y al Juzgado Decano de los de Xàtiva, del que el de Paz depende y dese cuenta al

    Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

    9º.- Nombrar a Don Vicente Ortí Segarra, con D.N.I. XXX, Juez de Paz

    titular de “ALBOCÀSSER” (CASTELLÓN DE LA PLANA-CASTELLÓN), para un

    período de cuatro años, que se computará desde la fecha de publicación de su

    nombramiento en el "Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegido para el

    desempeño de tal cargo por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según

    Acuerdo de 30 de septiembre de 2015, del que obra certificación unida al

    Expediente Gubernativo nº 765/1993, de conformidad con lo previsto en el

    artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los artículos 4, 8 y

    concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de Paz", aprobado por

    Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995

    (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el correspondiente nombramiento, que se

    publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Castellón.

    Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

    de Paz de Albocàsser dentro de los tres días siguientes a la prestación del

    juramento o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días

    naturales siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín

    Oficial de la Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá

    prestarlo ante el Sr. Juez Decano de los Juzgados de Castellón; y si se negase a

    prestar juramento o promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa

    causa, se entenderá que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento

    de los "Jueces de Paz").

    Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de Paz

    y al Juzgado Decano de los de Castellón, del que el de Paz depende y dese cuenta al

    Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

    10º.- Nombrar a Doña Bienvenida Ruix LLovera, con D.N.I.XXX, Juez de

    Paz titular de “SAN ANTONIO DE BENAGEBER” (PATERNA-VALENCIA), para un

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    período de cuatro años, que se computará desde la fecha de publicación de su

    nombramiento en el "Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegida para el

    desempeño de tal cargo por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según

    Acuerdo de 24 de noviembre de 2015, del que obra certificación unida al

    Expediente Gubernativo nº 362/1997, de conformidad con lo previsto en el

    artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los artículos 4, 8 y

    concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de Paz", aprobado por

    Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995

    (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Valencia.

    Advertir a la nombrada que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

    de Paz de San Antonio de Benagéber dentro de los tres días siguientes a la

    prestación del juramento o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los

    veinte días naturales siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en

    el "Boletín Oficial de la Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere,

    deberá prestarlo ante el Sr. Juez Decano de los Juzgados de Paterna; y si se

    negase a prestar juramento o promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión

    sin justa causa, se entenderá que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado

    Reglamento de los "Jueces de Paz").

    Notifíquese a la interesada y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de

    Paz y al Juzgado Decano de los de Paterna, del que el de Paz depende y dese cuenta

    al Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

    11º.- Nombrar a Don Juan Luís Gascó Aznar, con D.N.I. XXX, Juez de Paz

    sustituto de “SAN ANTONIO DE BENAGÉBER” (PATERNA-VALENCIA), para un

    período de cuatro años, que se computará desde la fecha de publicación de su

    nombramiento en el "Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegido para el

    desempeño de tal cargo por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según

    Acuerdo de 24 de noviembre de 2015, del que obra certificación unida al

    Expediente Gubernativo nº 362/1997, de conformidad con lo previsto en el

    artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los artículos 4, 8 y

    concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de Paz", aprobado por

    Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995

    (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Valencia.

    Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

    de Paz de San Antonio de Benagéber dentro de los tres días siguientes a la

    prestación del juramento o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los

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    veinte días naturales siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en

    el "Boletín Oficial de la Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere,

    deberá prestarlo ante el Sr. Juez Decano de los Juzgados de Paterna; y si se

    negase a prestar juramento o promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión

    sin justa causa, se entenderá que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de Paz").

    Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de Paz

    y al Juzgado Decano de los de Paterna, del que el de Paz depende y dese cuenta al

    Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos

    correspondientes.

    12º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 179/1997 y

    en el suyo personal del escrito de fecha 13 de enero de 2016 de Don José Luís

    Lorente García, nombrado Juez de Paz titular de “MILLARES” (REQUENA-

    VALENCIA) por Acuerdo de esta Sala de Gobierno de 15 de mayo de 2013 (B.O.P.

    de 31 de mayo), mediante el que renuncia al cargo, y aceptar la renuncia, de

    conformidad con lo previsto en el artículo 28 del Reglamento nº 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

    Participar al Ayuntamiento de “MILLARES” la vacante de Juez de Paz titular

    de esa localidad por consecuencia de la expresada renuncia para que por el Pleno se

    proceda a la elección de la persona que, reuniendo las condiciones legales, sea

    nombrada por esta Sala de Gobierno para desempeñar ese cargo para un período de

    cuatro años, de conformidad con lo previsto en los artículos 101 y 102 de la Ley

    Orgánica del Poder Judicial y artículos 4, siguientes y concordantes del Reglamento

    nº 3/1995, "De los Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo

    General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995), y

    para cuya elección deberá seguirse el procedimiento regulado en ese Reglamento.

    Recordar al mismo que al Acuerdo del Ayuntamiento, que por la vía

    reglamentaria se eleve a este Tribunal Superior de Justicia, se acompañará una

    certificación comprensiva de los siguientes extremos (artículo 7.2 del citado Reglamento):

    a) Referencia detallada de las circunstancias en que se produjo la elección.

    b) Mención expresa de la observación del quórum exigido por la ley.

    c) Datos de identificación y condiciones de capacidad y de compatibilidad de

    los elegidos.

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    Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de Paz

    y al Juzgado Decano de los de Requena, del que el de Paz depende y dése cuenta al

    Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

    Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes despachos.

    13º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 196/1994

    del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de “BORRIOL” de 7 de

    enero de 2016, del que obra certificación unida al mismo, relativo al Dictamen sobre

    elección de Juez de Paz Sustituto, del que resulta que no se ha presentado ningún

    candidato.

    En su consecuencia, proceder a la designación directa del Juez de Paz

    sustituto de “BORRIOL” a que se refiere el artículo 10.1 del Reglamento nº 3/1995,

    de 7 de junio, de los Jueces de Paz, y de conformidad con lo preceptuado en el

    artículo 11 del mismo anúnciese la vacante en el Boletín Oficial de la Provincia de

    Castellón y publíquense edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el del

    Tribunal Superior de Justicia, en el del Juzgado Decano de los de Castellón y en el

    del Juzgado de Paz de Boriol, con advertencia a quienes pudieran estar interesados

    en el nombramiento de que podrán formular solicitudes directamente ante esta Sala

    de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

    Comuníquese al Consejo General del Poder Judicial. El presente Acuerdo se

    adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

    2.- Relativo a Magistrados Suplentes y Jueces Sustitutos

    14º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Magistrado Juez Decano de

    los Juzgados de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de lo Contencioso

    Administrativo número 5 de Valencia a la Juez sustituta Dª Amparo Ivars

    Marín, el día 14 de enero de 2016, para continuación del Juicio PA 136/15.

    Comuníquese.

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    15º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Alicante llamando para actuar en el Juzgado de lo Social número

    4 de Alicante a la Juez sustituta Dª Cristina Aloy Martínez, desde el 19 de enero

    de 2016 hasta reincorporación de la titular, por licencia de Dª María Paz Fernández

    Muñoz. Comuníquese.

    16º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de Primera

    Instancia e Instrucción número 1 de Requena a la Juez sustituta Dª Rosario

    Ana Gaspar Blanch, los días 19 de enero al 1 de febrero de 2016, por licencia de su titular. Comuníquese.

    17º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de Primera

    Instancia e Instrucción número 3 de Ontinyent a la Juez sustituta Dª Mª

    Jesús Giménez Bolos, desde el 18 de enero de 2016, por licencia de su titular. Comuníquese.

    18º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Alicante llamando para actuar en el Juzgado de Primera Instancia

    e Instrucción número 2 de Ibi a la Juez sustituta Dª Nuria Jurado Román, desde el día 21 de enero de 2016, por refuerzo. Comuníquese.

    19º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Magistrado Juez Decano de

    los Juzgados de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de Instrucción

    número 19 de Valencia a la Juez sustituta Dª Ángeles Vaquero Pérez, el día 19 de enero y hasta la incorporación de la titular Dª Ana Cantó Ceballos. Comuníquese.

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    20º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Magistrado Juez Decano de

    los Juzgados de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de Primera

    Instancia número 20 de Valencia a la Juez sustituta Dª Silvia Sempere Faus,

    desde el día 20 de enero de 2016 hasta la incorporación de la titular Carmen Moreno Martínez. Comuníquese.

    21º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de Primera

    Instancia e Instrucción número 1 de Catarroja a la Juez sustituta Dª

    Inmaculada Serrano Pérez, el día 19 de enero de 2016, por asistencia de su

    titular a la jura como magistrado. Comuníquese.

    22º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Magistrado Juez Decano de

    los Juzgados de Elche llamando para actuar en el Juzgado de Primera Instancia

    número 2 de Torrevieja a la Juez sustituta Dª Mª Aranzazu LLorente Salinas,

    los días 7 al 11 de enero de 2016, por permiso de su titular D. José Luís Casells

    Bonacho. Comuníquese.

    23º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Magistrado Juez Decano de

    los Juzgados de Elche llamando para actuar en el Juzgado de Primera Instancia

    número 3 de Torrevieja a la Juez sustituta Dª Mª Ángeles Sáez Zambrana, desde el día 5 de enero de 2016, por vacante. Comuníquese.

    24º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Magistrado Juez Decano de

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    los Juzgados de Elche llamando para actuar en el Juzgado de Primera Instancia

    número 3 de Orihuela al Juez sustituto D. Manuel Miguel Ocaña Gámez, desde

    el día 7 de enero de 2016, por licencia de su titular Dª Ana Sancho Alpañés. Comuníquese.

    25º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Alicante llamando para actuar en el Juzgado de lo Mercantil y

    Marca Comunitaria número 2 de Alicante a la Juez sustituta Dª María José

    Hernández Rodríguez, desde el día 23 de noviembre de 2015 hasta el día 11 de

    febrero, por licencia de su titular D. Salvador Calero García. Comuníquese.

    26º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Alicante llamando para actuar en el Juzgado de Primera Instancia

    e Instrucción número 3 de Villajoyosa a la Juez sustituta Dª María José

    Purkiss Pina, desde el día 1 de febrero de 2016 por seis meses, por vacante por

    concesión de comisión de servicio con relevación de funciones a su titular D. Raúl

    Cózar i Agulló. Comuníquese.

    27º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de Primera

    Instancia número 6 de Torrente a la Juez sustituta Dª Mª José Barreiro

    Osende, desde el día 21 de enero hasta la reincorporación de la Juez Sustituta Dª

    Mª José Zapater Espí, por licencia. Comuníquese.

    28º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de lo Penal número

    1 de Gandia a la Juez sustituta Dª Ángela Fons Cualladó, los días 8 de febrero al

    8 de marzo, por vacaciones de la titular Dª Ana Mª Mínguez Bertomeu. Comuníquese.

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    29º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Magistrado Juez Decano de

    los Juzgados de Castellón llamando para actuar en el Juzgado de Primera

    Instancia e Instrucción número 1 de Segorbe al Juez sustituto D. Tomás

    Garrido Sánchez, el día 28 de enero de 2016, por licencia de su titular D. Héctor Sáez Vigalondo. Comuníquese.

    30º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de Primera

    Instancia e Instrucción número 3 de Alzira a la Juez sustituta Dª Joana Ruiz Sierra, desde el día 19 de enero de 2016. Comuníquese.

    31º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Magistrado Juez Decano de

    los Juzgados de Castellón llamando para actuar en el Juzgado de lo Penal

    número 1 de Vinaròs a la Juez sustituta Dª Tomasa Olivas Rubio, el día 3 de febrero de 2016, por permiso de su titular D. Ignacio Lasierra Gómez. Comuníquese.

    32º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del Reglamento

    número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el Expediente

    Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

    Provincial de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de Primera

    Instancia e Instrucción número 1 de Massamagrell a la Juez sustituta Dª Ana

    Lillo Sánchez, los días 25 de enero a 23 de febrero de 2016, por licencia de su titular. Comuníquese.

    33º.- A propuesta del Ilmo. Sr. D. Juan Carlos Cerón Hernández, quien ha

    actuado como ponente, en el Expediente Gubernativo nº 2/2015, tomar

    conocimiento del escrito presentado por Dª Belén Fernández Álvarez y:

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    1- Antecedentes.

    Doña Belén Fernández Álvarez presenta escrito instando la corrección la baremación

    de candidatos a la cobertura de plazas de Jueces Sustitutos, para el año 2015/2016

    en los juzgados de la comunidad fijada en el acuerdo de la Sala de Gobierno

    adoptado en sesión de 27 de mayo de 2015.

    Formula su alegación manifestando que no se le han computado méritos que debían

    de haberlo sido, conforme Base octava del Acuerdo de 3 de marzo de 2015 de la

    Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por tenerlo acreditado

    en la Secretaria del TSJ a pesar de no alegarlos en su instancia.

    2.- Propuesta de resolución

    Examinada la documentación que tiene la Secretaria del TSJ procede revisar la

    baremación en los términos siguientes:

    Se modifica la puntuación dada en cuanto al ejercicio efectivo de funciones

    jurisdiccionales, pues consta que aporto un documento referente a este ejercicio, y

    se estima que alegó dicho merito. En cuanto al resto, no procede la revisión, dado que no son méritos alegados en la instancia.

    El ejercicio de funciones judiciales se valorará con 0,30 puntos por año, cuando la

    función de sustitución haya sido como juez sustituto. Los periodos acumulados que

    no completen el año se computarán a razón de 0,15 por seis meses, sin que en ninguna caso se computen periodos inferiores a los seis meses.

    Procede computar los 5 años acreditados, esto es 1,5 y en consecuencia se sumará a

    los 0,35 ya reconocidos, lo que hace un resultado total de 1,85 que debe figurar en

    la propuesta.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes despachos.

    3.- Magistrados y Jueces

    34º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 314/92, de

    los acuerdos adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de los Juzgados de

    Familia e Incapacidades de Alicante, en su sesión de fecha 19 de enero de 2016,

    relativos a la problemática referida a la actuación de los médicos forenses causada

    por la demora y limitaciones de señalamientos en la agenda proporcionada por la

    Clínica Forense y dese traslado al Servicio de Inspección del Consejo General del

    Poder Judicial para su conocimiento.

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    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

    despachos.

    35º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 1439/77,

    de los acuerdos adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de los Juzgados de lo Penal de Valencia, en su sesión de fecha 20 de enero de 2016.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

    despachos.

    36º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 1439/77,

    de los acuerdos adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de los Juzgados de Familia de Valencia, en su sesión de fecha 19 de enero de 2016.

    En cuanto a la posible supresión del Punto de Encuentro Familiar, esta Sala

    de Gobierno se adhiere a la preocupación puesta de manifiesto por la Junta de

    Jueces al estimar imprescindible la continuación de la prestación del servicio que

    desempeña, atendida la utilidad social del mismo y el beneficio que supone para los

    ciudadanos. En consecuencia, interesar del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia y

    del Excmo. Ayuntamiento de Valencia se adopten las medidas necesarias para su mantenimiento.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

    despachos.

    37º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 1439/77,

    de los acuerdos adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de los Juzgados de Instrucción de Valencia, en su sesión de fecha 15 de enero de 2016.

    En cuanto al correlativo punto cuarto: Aprobar, de conformidad con lo

    previsto en los artículos 152 y 167 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 4 y 5 del

    Reglamento nº 1/2000, de 26 de julio, de los "Órganos de gobierno de Tribunales", y

    25 y siguientes del Reglamento nº 1/2005 de los “Aspectos accesorios de las

    actuaciones judiciales”, de 15 de septiembre de 2005 el texto definitivo de las

    “Normas de reparto”, propuesto.

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    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese al Consejo General del Poder Judicial y désele la publicidad exigida por el artículo 159.2 de la Ley Orgánica

    del Poder Judicial, 26 d) del Reglamento de los Aspectos accesorios de las

    actuaciones judiciales, y 12.6 del Reglamento nº 1/2000, de 26 de julio, de los

    "Órganos de gobierno de Tribunales". Líbrense los despachos correspondientes.

    38º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 1267/90, de

    los acuerdos adoptados por la Junta General de Jueces de los Juzgados de Sant Vicent del Raspeig en su sesión de 19 de enero de 2016.

    Se tiene por comunicado el turno especial del art. 47 del Reglamento nº 1/2005 de

    los “Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales”, de 15 de septiembre de 2005

    y evacuando la consulta planteada, conforme al precitado artículo, deberá la Junta de

    Jueces atender al turno confeccionado para el llamamiento a cubrir las situaciones excepcionales que pudieren producirse durante el servicio de guardia.

    Así mismo, tomar conocimiento del turno rotativo para atender actuaciones referidas

    a elecciones.

    En cuanto al punto tercero: Aprobar provisionalmente, conforme a lo preceptuado en

    el artículo 152.2.4º, 170 y 210 de la LOPJ en su redacción dada por la LO 8/2012, el

    PLAN ANUAL DE SUSTITUCIÓN para el año 2016 y elevar el mismo al Consejo

    General del Poder Judicial para su aprobación definitiva en los términos que

    procedan, previa audiencia de la Fiscalía correspondiente a fin de coordinar en lo

    posible los señalamientos que afecten a procedimientos en los que las Leyes prevean su intervención.

    Llévese certificación al Expediente Gubernativo nº 242/15.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    39º.- Tomar conocimiento y aprobar provisionalmente, en el Expediente

    Gubernativo nº 1439/77, conforme a lo preceptuado en el artículo 152.2.4º, 170

    y 210 de la LOPJ en su redacción dada por la LO 8/2012, el PLAN ANUAL DE

    SUSTITUCIÓN para el año 2016 elaborado por la Junta Sectorial de Jueces de

    los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Valencia en su sesión de 12 de

    enero de 2016 y elevar el mismo al Consejo General del Poder Judicial para su

    aprobación definitiva en los términos que procedan, previa audiencia de la Fiscalía

    correspondiente a fin de coordinar en lo posible los señalamientos que afecten a procedimientos en los que las Leyes prevean su intervención.

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    18

    Llévese certificación al Expediente Gubernativo nº 242/15.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    40º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 267/91, y

    aprobar provisionalmente, conforme a lo preceptuado en el artículo 152.2.4º, 170 y

    210 de la LOPJ en su redacción dada por la LO 8/2012, el PLAN ANUAL DE

    SUSTITUCIÓN para el año 2016 para los Juzgados de Primera Instancia e

    Instrucción de Villarreal, prorrogado conforme a lo acordado en Juntas de Jueces

    de fecha 12 de marzo de 2013 y 9 de julio de 2014 y elevar el mismo al Consejo

    General del Poder Judicial para su aprobación definitiva en los términos que

    procedan, previa audiencia de la Fiscalía correspondiente a fin de coordinar en lo

    posible los señalamientos que afecten a procedimientos en los que las Leyes prevean su intervención.

    Llévese certificación al Expediente Gubernativo nº 242/15.

    Así mismo, tomar conocimiento y aprobar, a los efectos previstos en el artículo 46

    del Reglamento nº 1/2005 de los “Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales”,

    de 15 de septiembre de 2005 el “CALENDARIO ANUAL DEL SERVICIO DE

    GUARDIA DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE

    VILLARREAL (CASTELLÓN) PARA EL AÑO 2016” elevado por la Sra. Juez Decana de esos Juzgados en fecha 20 de enero de 2016.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    41º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 1284/90,

    de los acuerdos adoptados por la Junta de Jueces de los Juzgados de Carlet en su sesión de fecha 12 de enero de 2016 y:

    Aprobar a los efectos previstos en el artículo 46 del Reglamento nº 1/2005

    de los “Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales”, de 15 de septiembre de

    2005 el “CALENDARIO ANUAL DEL SERVICIO DE GUARDIA DE LOS JUZGADOS

    DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE CARLET (VALENCIA) PARA EL AÑO 2016”

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

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    42º.- Tomar conocimiento y aprobar en el Expediente Gubernativo nº

    1219/90, a los efectos previstos en el artículo 46 del Reglamento nº 1/2005 de los

    “Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales”, de 15 de septiembre de 2005 el

    “CALENDARIO ANUAL DEL SERVICIO DE GUARDIA DE LOS JUZGADOS DE

    PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MONCADA (VALENCIA) PARA EL AÑO 2016” elevado por el Sr. Juez Decano en fecha 26 de enero de 2016.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    43º.- Tomar conocimiento y aprobar en el Expediente Gubernativo nº

    260/87, a los efectos previstos en el artículo 46 del Reglamento nº 1/2005 de los

    “Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales”, de 15 de septiembre de 2005 el

    “CALENDARIO ANUAL DEL SERVICIO DE GUARDIA DE LOS JUZGADOS DE

    INSTRUCCIÓN DE BENIDORM (ALICANTE) PARA EL AÑO 2016” elevado por el Sr. Juez Decano.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    44º.- Tomar conocimiento y aprobar en el Expediente Gubernativo nº

    1106/90, a los efectos previstos en el artículo 46 del Reglamento nº 1/2005 de los

    “Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales”, de 15 de septiembre de 2005 el

    “CALENDARIO ANUAL DEL SERVICIO DE GUARDIA DE LOS JUZGADOS DE

    PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MASSAMAGRELL (VALENCIA) PARA EL AÑO 2016” elevado por la Sra. Juez Decana.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    45º.- Tomar conocimiento y aprobar en el Expediente Gubernativo nº

    265/87, a los efectos previstos en el artículo 46 del Reglamento nº 1/2005 de los

    “Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales”, de 15 de septiembre de 2005 el

    “CALENDARIO ANUAL DEL SERVICIO DE GUARDIA DE LOS JUZGADOS DE

    INSTRUCCIÓN DE DENIA (ALICANTE) PARA EL AÑO 2016” elevado por el Sr.

    Juez Decano.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

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    46º.- A propuesta del Ilmo. Sr. D. Mariano Miguel Ferrando Marzal, quien ha

    actuado como ponente, en el Expediente Gubernativo nº 261/87, en relación al

    punto tercero adoptado por la Junta General de Jueces de los Juzgados de

    Orihuela, en su sesión de fecha 17 de diciembre de 2015, relativo a la ampliación

    de la atribución de cometidos a la JAT Dª Rosa Mª Villegas Pulido, con carácter

    previo a resolver, interesar de la Ilma. Sra. Decana de los Juzgados de Orihuela

    informe cuantitativamente el número de asuntos penales residuales pendientes en

    los Juzgados de Primera Instancia y recábese la estadística judicial correspondiente

    al año 2015 de los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción del partido

    judicial.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    4.- Área Disciplinaria

    47º.- Tomar conocimiento, según propone el Ilmo. Sr. Don XXX, quien actúa

    como ponente, del informe del Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado

    XXX con destino a las Diligencias de Información Previa número XXX (Queja

    XXX), abiertas en virtud de escrito de fecha 2 de diciembre de 2015 presentado por

    el letrado XXX, y ARCHIVAR las presentes Diligencias de Información Previa en base

    a los siguientes:

    A) Antecedentes.

    Se incoan D.I. n° XXX por escrito de queja deducido por XXX contra el Juzgado XXX.

    B) Diligencias incoadas y consideraciones.

    Plantea el autor de la queja un retraso producido en el procedimiento que presentó

    en fecha 23-11-201 5 que se ha señalado para juicio para el día 13-6-2017 en el

    juzgado XXX y la comparativa con el juzgado XXX que ha señalado un juicio para el

    12-1-2016 con la misma o parecida fecha de presentación.

    La letrada de la Administración de Justicia informa en fecha 28-12-2015 que la juez

    señala dos veces a la semana martes y jueves y que la demanda del juzgado XXX

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    debió ser asignada a juez de adscripción territorial y ese es el motivo de su pronto señalamiento, y la de este juzgado pasa al turno que le corresponde.

    En consecuencia, visto el extenso y completo informe no ha lugar a entender que ha

    existido responsabilidad disciplinaria, toda vez que se constata que se sigue el turno

    que le corresponde sin perjuicio de valorarse la oportunidad de reforzar los juzgados

    con jueces de apoyo para evitar señalamientos de más de un año en la jurisdicción social dados los intereses que se tratan y a fin de agilizar estos señalamientos.

    c) Conclusión.

    En consecuencia, no ha lugar a entender que ha existido responsabilidad

    disciplinaria, sin perjuicio de valorarse la oportunidad de reforzar los juzgados con

    jueces de apoyo para evitar señalamientos de más de un año en la jurisdicción social dados los intereses que se tratan y a fin de agilizar estos señalamientos.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes, habiéndose declarado el carácter

    reservado del mismo. Líbrense los despachos correspondientes.

    48º.- Tomar conocimiento, según propone el Ilmo. Sr. XXX, quien actúa como

    ponente, del informe de fecha 4 de enero de 2016 remitido por la Letrada de la

    Administración de Justicia del Juzgado XXX con destino a las Diligencias de

    Información Previa número XXX (Queja XXX), abiertas en virtud de Queja

    presentado en este Tribunal Superior de Justicia en fecha 17 de diciembre de 2015,

    interpuesta por D. XXX, en relación a la tramitación de los autos de Juicio Verbal

    número XXX, y con carácter previo a resolver, interésese informe del Magistrado del meritado Juzgado XXX.

    A continuación, examinado el referido informe se constata que ha sido suscrito

    igualmente por el magistrado XXX, en su consecuencia, se acuerda quedar nuevamente para estudio a disposición del ponente.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes, habiéndose declarado el carácter reservado del mismo. Líbrense los despachos correspondientes.

    5.- Medidas de apoyo y Seguimiento

    49º.- Conforme a lo acordado por esta Sala de Gobierno en su sesión de

    fecha 16 de diciembre de 2015 (Acuerdo nº 43), elevar al Consejo General del Poder

    Judicial propuesta de establecimiento de una medida de apoyo consistente en el

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    otorgamiento de una comisión de servicios con relevación de funciones, por un

    periodo inicial de seis meses, prorrogable, para el Juzgado de lo Penal número

    15 de Valencia con sede en Alzira.

    Habiéndose dado la oportuna publicidad, en el Expediente Gubernativo

    141/13, presentaron su solicitud aquellos cuyas instancias se adjuntan.

    De entre ellos esta Sala, atendido el mejor puesto escalafonal, propone al Consejo

    General del Poder Judicial para cubrir la plaza ofertada a Dª Helena Mercedes

    Amorós García, titular del Juzgado de lo Penal nº 18 de Valencia con sede en

    Torrente.

    Y subsidiariamente:

    D. Alfredo Elías Mondeja, titular del Juzgado de lo Mercantil de Almería.

    Dª Mª Begoña Tárrega Cervera, titular del Juzgado de Primera Instancia e

    Instrucción nº 1 y Violencia sobre la Mujer de Villajoyosa.

    Dª Ruth Ferrer García, JAT de la provincia de Alicante, adscrita al Juzgado de lo Social nº 1 de Benidorm.

    Dª Estela Vidal Fayos, JAT de la provincia de Alicante, adscrita con carácter transversal al Juzgado de lo Social de Elx.

    Dª Amparo Hernández Guimerá, JAT de la provincia de Tarragona.

    Haciéndose constar que la propuesta en primer lugar estuvo destinada en el Juzgado

    de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Alzira desde el 14 de febrero de 2011 al 8

    de septiembre de 2015, y ello a efectos de las consecuencias procesales que pudieren afectar en cuanto a abstenciones o recusaciones.

    Por este Tribunal Superior se adoptarán las medidas pertinentes para que en el

    Juzgado en el que se encuentra destinada la propuesta en primer lugar quede debidamente atendido por Juez sustituto.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

    50º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 135/14, de

    la comunicación del Consejo General del Poder Judicial, informando de la no

    autorización previa por el Ministerio de Justicia de la propuesta efectuada por esta

    Sala de Gobierno solicitando una medida de refuerzo para el Juzgado de Primera

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    Instancia e Instrucción nº 1 de Quart de Poblet, dadas las repercusiones económicas de la misma.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

    6.- Asuntos Varios

    51º.- Tomar conocimiento y aprobar provisionalmente, en el Expediente

    Gubernativo nº 242/15, conforme a lo preceptuado en el artículo 152.1.4º, 199 y

    200 de la LOPJ en su redacción dada por la LO 8/2012, el orden de sustitución

    forzosa entre los/as Magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este

    Tribunal Superior de Justicia para el año 2016 remitida por su Presidente y elevar la

    misma al Consejo General del Poder Judicial para su aprobación definitiva en los

    términos que procedan.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    52º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 305/12, del

    Acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Antella en su sesión de fecha 23 de

    diciembre de 2015 solicitando que no se proceda al traslado del Juzgado de lo Penal número 15 de Valencia con sede en Alzira.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    53º.- Tomar conocimiento en el Expediente Gubernativo nº 16/16, de la

    comunicación de D. Alberto Gregori Guillem, titular del Juzgado de Primera

    Instancia e Instrucción nº 4 de Ontinyent relativa a la asunción de las

    funciones de Juez-Decano de esa población al ostentar el mejor puesto en el

    escalafón de entre todos los destinados en los órganos unipersonales con sede en esa población. Elévese al Consejo General del Poder Judicial.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

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    54º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 137/15, del

    informe emitido por el Ilmo. Sr. D. Jesús Ros Urios, magistrado del Juzgado de

    Primera Instancia nº 4 de Torrente ejerciendo funciones jurisdiccionales en comisión

    de servicios sin relevación de funciones en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Torrente.

    A la vista del informe presentado así como de la solicitud de la Fiscalía, esta Sala de

    Gobierno estima que, si bien, el desempeño de la función jurisdiccional por el Ilmo.

    Sr. D. Jesús Ros Urios, compartida entre el Juzgado de Primera Instancia nº 4 del

    que es titular y el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, ha sido encomiable por el

    esfuerzo en compatibilizar su actuación en ambos órganos jurisdiccionales,

    reconociendo la labor desempeñada por el mismo, para el mejor y buen

    funcionamiento del servicio y la materia sobre la cual viene referida, se considera

    necesaria y más conveniente la atención del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, por un Juez con carácter exclusivo.

    En su consecuencia elevar propuesta al Consejo General del Poder Judicial a fin de

    que se proceda a dejar sin efecto la comisión de servicio sin relevación de funciones

    concedida a D. Jesus Ros Urios, magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Torrente para actuar en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Torrente.

    Verificado, procédase al nombramiento de Juez sustituto para la cobertura de la

    vacante del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Torrente en tanto su titular se

    encuentra prestando servicios en comisión de servicio con relevación de funciones en el Juzgado de Instrucción nº 21 de Valencia.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    55º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 49/11, del

    Acuerdo de la Excma. Sra. Presidenta de fecha 20 de enero de 2016 por el que se

    adscribe al JAT D. Javier Vara Pardo, hasta el momento adscrito con carácter

    transversal a los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Ibi, al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Ibi.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    56º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 30/16, del

    Oficio de fecha 19 de enero de 2016, remitido por el Ilmo. Sr. Decano de los

    Juzgados de Alicante al que acompaña escrito presentado por el Delegado de

    Personal de los Vigilantes de Seguridad de los Juzgados de Alicante sobre la

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    problemática existente con la empresa adjudicataria y trasladarlo a la Dirección

    General de Justicia de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas

    Democráticas y Libertades Públicas de la Generalitat Valenciana a fin de que, en el ámbito de sus competencias, adopte las resoluciones que procedan al efecto.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes despachos.

    57º.- Ratificar, en el Expediente Gubernativo nº 243/2015, el Acuerdo

    de Presidencia de fecha 20 de enero de 2016, dictado por razones de urgencia,

    designando, previa insaculación, a D. Pedro Pablo Abad Ortíz, Juez del Juzgado de

    Instrucción nº 1 de Denia, vocal de procedencia judicial que compondrá la Junta

    Electoral de Zona de Denia, en sustitución de Dª Carolina Carmen Castillo Martínez.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes despachos.

    58º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 49/11, del

    Acuerdo de la Excma. Sra. Presidenta de fecha 25 de enero de 2016 por el que se

    adscribe al JAT D. Francisco Javier García-Miguel Aguirre, adscrito como juez de

    refuerzo transversal en los Juzgados de lo Mercantil de Valencia, a la Sección 9ª de

    la Audiencia Provincial de Valencia, cuyos dos destinos compatibilizará mientras dure

    la medida de apoyo, o exista disponibilidad de un JAT.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    59º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 25.1/16,

    del escrito de fecha 28 de enero de 2016 remitido por las titulares de los Juzgados

    de Primera Instancia e Instrucción nº 1 y 2 de Mislata, relativo a la seguridad

    y salubridad en el edificio de los meritados Juzgados y trasladarlo a la Dirección

    General de Justicia de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas

    Democráticas y Libertades Públicas de la Generalitat Valenciana reiterando a la

    misma que, en el ámbito de sus competencias, adopte las resoluciones que procedan para dar solución a la problemática planteada.

    Dese traslado igualmente la Comisión de Prevención y Riesgos laborales del Consejo General del Poder Judicial.

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    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

    despachos.

    60º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 26.1/16,

    del escrito de fecha 18 de enero de 2016 presentado por la titular del Juzgado de

    Menores nº 1 de Castellón así como informe del Ilmo. Sr. Secretario Coordinador

    Provincial de Castellón relativo a la situación del mencionado Juzgado.

    A fin de dar solución a la problemática puesta de manifiesto:

    .- En cuanto a la solicitud de nombramiento de un Letrado de la Administración de

    Justicia, como refuerzo, por el Ilmo. Sr. Secretario de Gobierno, a través del Ilmo. Sr. Secretario Coordinador Provincial, se iniciarán las gestiones oportunas.

    .- Dese traslado a la Dirección General de Justicia de la Conselleria de Justicia,

    Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas de la

    Generalitat Valenciana, a fin de que, en el ámbito de sus competencias, adopte las

    resoluciones oportunas en cuanto al nombramiento de 2 funcionarios de refuerzo, (1 Gestor y 1 Tramitador), a los fines interesados.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

    despachos.

    61º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 32/16, de la

    Guía Práctica para la aplicación del Estatuto de la Víctima en los Juzgados

    de Valencia elaborada por la Fiscalía Provincial de Valencia, Instituto de Medicina

    Legal de Valencia, Secretario Coordinador Provincial de Valencia y Decanato de los Juzgados de Valencia.

    La Sala de Gobierno estima que su utilidad y eficacia constatable por la

    materia y destinatarios a los que se dirige así como criterios de actuación por los

    órganos judiciales, harán precisa y conveniente su ampliación como consecuencia de

    las aportaciones y experiencias que puedan derivarse de su aplicación.

    Resultando de interés para todos los operadores jurídicos de esta Comunidad

    así como para los Organismos e Instituciones que participan en la Administración de Justicia se estima conveniente dar la máxima difusión a la misma.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

    despachos.

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    62º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 3/16, del

    oficio de fecha 29 de enero de 2016, de la Directora General de Justicia y dejando sin

    efecto el Acuerdo Nº 55 de esta Sala de Gobierno en su sesión de fecha 20 de enero

    de 2016, nada oponer a la solicitud del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia

    relativa a la utilización del Salón de Actos de la Ciudad de la Justicia de Valencia para

    la celebración de una reunión de la Mutualidad de la Abogacía el próximo día 15 de febrero.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes despachos.

    63º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo 101/15, de los

    informes emitidos por los Ilmos/as. Magistrados/as Tutores de los Jueces en

    prácticas de la 66ª promoción D. David Castella Fernández, Dª Sandra Lozano

    López, Dª María Porcar Grangel y D. Carlos Sanchis Galiana, relativos a su

    aprovechamiento y rendimiento durante la fase A y fase B, así como del Informe de

    valoración del Coordinador Territorial y, de conformidad con lo previsto en el artículo

    15.2 y 17.1 del Reglamento 2/2000, de 25 de octubre, de los Jueces Adjuntos, dese

    traslado del mismo a la Escuela Judicial, a cuyo fin esta Sala de Gobierno informa

    que, conforme se desprende de los aludidos informes, los mencionados Jueces en

    prácticas cuentan con la formación teórica y práctica suficientes para el desempeño de la función jurisdiccional.

    El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

    Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

    Se acuerda la publicidad de los presentes Acuerdos adoptados por la Sala de Gobierno

    a excepción de los declarados reservados.

    Y no habiendo otros asuntos que tratar la Excma. Sra. Presidenta da por finalizada la

    sesión.

    Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de

    julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, “contra los actos de las Salas de

    Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada

    ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión,

    en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

    noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

    Administrativo Común, siempre que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 de

    la misma Ley, lo permita la naturaleza de dichos actos” disponiendo el artículo 115.1 de

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    la citada Ley 30/92 que “el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un

    mes, si el acto fuera expreso”.

    De todo ello extiendo la presente Acta, que leída y hallada conforme es

    aprobada y firmada por la Excma. Sra. Presidenta, quien ordena remitir una copia de la

    misma al Consejo General del Poder Judicial a los efectos previstos en el artículo 12.5

    del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, "De los órganos de gobierno de Tribunales".