Derechos y Deberes en S&SO (Ley 1562_2012 y Ley 1295_1994) 2014_GoNaBe

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    RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL FRENTE A LOS DERECHOS,DEBERES Y OBLIGACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

    LA SALUD LABORAL Y LOS RIESGOS PROFESIONALES EN COLOMBIA

    TEXTO DE APOYO ACADMICO DE LA SEGUNDA COMPETENCIA DE S&SO

    GONZALO NARVEZ BENJUMEADocente Investigador de Gestin Ambiental & Salud Ocupacional

    Web de la Asignatura: www.syso-itm.blogspot.com Web Acadmica: www.gonabe.260mb.com

    E-mail: [email protected]

    INSTITUTO TECNOLGICO METROPOLITANO

    MEDELLN, FEBRERO DE 2014

    http://www.syso-itm.blogspot.com/http://www.syso-itm.blogspot.com/http://www.syso-itm.blogspot.com/http://www.gonabe.260mb.com/http://www.gonabe.260mb.com/http://www.gonabe.260mb.com/mailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]://www.gonabe.260mb.com/http://www.syso-itm.blogspot.com/
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    PRESENTACIN

    Las condiciones de trabajo inseguras en elmedio ambiente y los factores de riesgos

    potencialmente peligrosos en los procesospueden ocasionar enfermedades, lesionestemporales o permanentes e incluso causarla muerte al personal expuesto, daos a losbienes de la empresa, reduccin de laeficiencia en la produccin y una prdidade la productividad en las organizacionesproductivas.

    La seguridad y la higiene industrial son las

    disciplinas profesionales en el mbito de lasalud ocupacional de analizar las causas ylas consecuencias de los accidentes detrabajo, las enfermedades laborales y los

    incidentes en los lugares de trabajo.

    En consecuencia, las actividades de la seguridad industrial tienen que ver bsicamentecon la prevencin y el control oportuno de los accidentes e incidentes de trabajo; loscuales tienen su origen en los factores de riesgos mecnicos, elctricos, instalacioneslocativas, el orden y el aseo en los lugares de trabajo.

    La Higiene Industrial es el rea de salud ocupacional destinada a la identificacin,evaluacin y control de los factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo y quepueden alterar la salud de los trabajadores, ocasionndoles enfermedadesprofesionales o enfermedades comunes asociadas con el medio ambiente ocupacional.

    El presente documento describe los principales derechos, deberes, obligaciones y laResponsabilidad Social Empresarial _RSE_ de mayor relevancia en el contexto de lagestin del sistema de seguridad y salud ocupacional en el sector econmico privado ypblico del pas, relacionados con los accidentes e incidentes de trabajo, las

    enfermedades laborales, la prevencin y la intervencin oportuna de los peligros y losfactores de riesgos laborales, acorde con lo establecido en el Decreto Ley Nro.1295 de1994 y la Ley Nro.1562 del ao 2012.

    http://www.google.com.co/imgres?hl=es-419&biw=1280&bih=633&tbm=isch&tbnid=MuN-sOq1tOsTDM:&imgrefurl=http://empresasyemprendimiento.wikispaces.com/FORMACION+PARA+EL+EMPRENDIMIENTO&docid=1b8Zeoa9R1EMKM&imgurl=http://www.culturaemedellin.gov.co/sites/CulturaE/Comunidadesvirtuales/PublishingImages/FORMACION.jpg&w=400&h=300&ei=UsUrUZ_rLIj68QSe0YDIBA&zoom=1&ved=1t:3588,i:124&iact=rc&dur=2372&sig=101040622047828683957&page=2&tbnh=165&tbnw=185&start=16&ndsp=19&tx=106&ty=67http://www.google.com.co/imgres?hl=es-419&biw=1280&bih=633&tbm=isch&tbnid=MuN-sOq1tOsTDM:&imgrefurl=http://empresasyemprendimiento.wikispaces.com/FORMACION+PARA+EL+EMPRENDIMIENTO&docid=1b8Zeoa9R1EMKM&imgurl=http://www.culturaemedellin.gov.co/sites/CulturaE/Comunidadesvirtuales/PublishingImages/FORMACION.jpg&w=400&h=300&ei=UsUrUZ_rLIj68QSe0YDIBA&zoom=1&ved=1t:3588,i:124&iact=rc&dur=2372&sig=101040622047828683957&page=2&tbnh=165&tbnw=185&start=16&ndsp=19&tx=106&ty=67
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    Fuente: diseo propio del autor

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    1. CAMBIOS MS RELEVANTES DE LA LEY 1562 DE 2012 EN MATERIA DESEGURIDAD EN EL TRABAJO Y LA SALUD LABORAL EN COLOMBIA

    1.1. Nuevos conceptos de la Ley 1562de 2012. Sistema General de RiesgosLaborales (SGRL)

    Se cambia la palabra profesionales porlaborales y se mantiene la definicin delSistema como el conjunto de entidadespblicas y privadas, normas yprocedimientos, destinados a prevenir,proteger y atender a los trabajadores delos efectos de las enfermedades y losaccidentes que puedan ocurrirles conocasin o como consecuencias del trabajoque desarrollan en las empresas .

    1.2. Sistema de Gestin de Seguridad ySalud en el Trabajo (SG-SST)

    Antes los empleadores deban contar con un Programa de Salud Ocupacional, que erala organizacin y planeacin sencilla de las actividades en materia de saludocupacional. Actualmente, la ley asigna al empleador la obligacin de implementar unSistema de Gestin en Seguridad y salud en el Trabajo, entendido como un procesolgico y por etapas que siga las directivas de la Organizacin Internacional del Trabajo

    (OIT) en cuanto a la poltica, la organizacin, la planificacin, la aplicacin, laevaluacin, la auditora y las acciones de mejora.

    1.3. Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)

    Antes se entenda la salud ocupacional como un rea de gestin de cuarto nivel comoun simple conjunto de actividades en higiene industrial, seguridad y medicina preventivay de los trabajos tendientes a mantener y asegurar la salud individual y colectiva de lostrabajadores. Con la nueva Ley, la salud ocupacional debe entenderse como un sistemade gestin dinmica de seguridad y salud en el trabajo; una verdadera disciplina sobre

    la prevencin de las lesiones y enfermedades que le pueden llegar a ocurrir a lostrabajadores a causa de las condiciones de trabajo.

    1.4. Garanta del Sistema de Riesgos

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    El gobierno podr realizar visitas directas o a travs de terceros y los costos de esavigilancia sern asumidos en un 50% por la ARL a la que se encuentre afiliado elempleador y el 50% restante por el Fondo de Riesgos Laborales.La verificacin de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Ocupacionalestar a cargo de las entidades territoriales segn los procesos de habilitacinestablecidos en la ley.

    La reforma busca agilizar los flujos de los recobros del sistema entre administradoras,bien se trate de ARL o EPS, o de los recobros que pueda hacerle una ARL a unempleador o aportante que se encuentre en mora. Por eso, sern cobros ejecutivos,con lo que se facilita el trmite.

    1.5. Manejo de las cotizaciones por Riesgos Laborales por parte de las ARL:

    Un 5% ser de manejo autnomo de la ARL para su funcionamiento administrativo ypara realizar las campaas de promocin de la salud en los lugares de trabajo, entre

    otros.Un 3%, como mximo, de aportes al Fondo de Riesgos Laborales para el cumplimientode sus funciones de investigacin en la prevencin de los riesgos laborales.

    El 92% restante como un respaldo para el pago de las prestaciones asistenciales yeconmicas .

    1.6. Comisin Especial para Verificar la Gestin del SG-RL

    Se c rear una comisin especial de Inspecto res de Trabajo y Seguridad Social confunciones y competencias profesionales en seguridad y salud ocupacional de carcternacional, los cuales podrn realizar visitas peridicas a las ARL y a los empleadorescon el objeto de establecer con claridad el cumplimiento de la ley aplicable en materiade riesgos laborales en cada una de las empresas. Ver Ley 1610 de 2013, establecidarecientemente por Colombia para tal fin.

    1.7. Nuevos afiliados al sistema

    El Sistema General de Riesgos Laborales reconoce varios afiliados obligatorios quepodran considerarse como nuevos, tales como:

    Los trabajadores independientes que prestan sus servicios a travs de contratos conuna duracin superior a un mes.

    Los estudiantes que realizan su pasanta y cuyo trabajo significa ingresos para lainstitucin educativa o que es necesario para su grado.

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    Los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo.

    Quienes son miembros de asociaciones y agremiaciones, y que generan ingresos parasu propia corporacin.

    Los miembros activos del subsistema nacional de primera respuesta.Con la inclusin de estos nuevos afiliados obligatorios, se genera la necesidad dereglamentar quin debe realizar la afiliacin, a cargo de quin se encuentra lacotizacin, y la forma de determinar la tasa de contribucin.

    1.8. Se establece el nuevo concepto de Accidente de Trabajo

    El concepto se ampla para incluir la perturbacin psiquitrica como siniestro que sedebe cubrir, adems de la lesin orgnica, la perturbacin funcional, la invalidez y la

    muerte, ya reconocidos por la legislacin vigente. Tambin se incluyen los siniestrosque ocurran durante la realizacin de una actividad sindical, lo cual trae varios retos dereglamentacin en cuanto al alcance.

    1.9. Se establece el nuevo concepto de Enfermedad Laboral

    Aclara la necesidad de evaluar la tabla de enfermedades profesionales cada tres aos,segn el Fondo de Riesgos Laborales y el Consejo de Riesgos Laborales. Incluyeadems la posibilidad de encontrar enfermedades profesionales no incluidas en la tablareglamentada, pero que guardan relacin de causalidad con el medio o los factores deriesgo en los que trabaja el afiliado.

    1. 10. Juntas de Calificacin de Invalidez

    Hay una nueva composicin y naturaleza de las Juntas de Calificacin de Invalidez.Estas son las encargadas de definir dos puntos para reconocer las prestaciones delrgimen de seguridad social integral: primero, el origen de los siniestros, es decir, sitrata o no de accidentes o enfermedades relacionadas con el trabajo y cubiertas por la

    Administradora de Riesgos (ARL) o la EPS, segn corresponda. Segundo, define laprdida de capacidad laboral de los afiliados a la seguridad social integral y su situacinde invalidez o no.

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    2. INFRACCIN FRENTE AL INCUMPLIMIENTO DE LA LEY 1562 DE 2012

    2.1. Qu se entiende por infraccin?:

    Se considera infraccin en materia deriesgos laborales y salud ocupacional todaaccin u omisin que constituya unaviolacin por algunos de las partes queconforman el SG-SST, de cualquiera de lasnormas legales reglamentadas en el pasen materia de prevencin de riesgos,accidentes de trabajo, enfermedadesprofesionales, promocin de la salud y elbienestar de los trabajadores, as como en

    la proteccin de las personas en losambientes laborales. Cuando estoselementos se configuren darn lugar a unasancin legal o administrativa, establecidaen el artculo 13 de la Ley 1562 de 2012.

    2.2. Cules son las sanciones que establece la Ley?

    El incumplimiento de los programas de salud ocupacional, las normas en saludocupacional y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Sistema

    General de Riesgos Laborales, acarrear multa de hasta quinientos (500) SalariosMnimos Mensuales Legales Vigentes _SMMLV_, graduales de acuerdo a la gravedadde la infraccin y previo cumplimiento del debido proceso destinados al Fondo deRiesgos Laborales.

    En caso de reincidencia en tales conductas o por incumplimiento de los correctivos quedeban adoptarse, formulados por la Entidad Administradora de Riesgos Laborales o elMinisterio de Trabajo debidamente demostrados, se podr ordenar la suspensin deactividades hasta por un trmino de ciento veinte (120) das o cierre definitivo de laempresa por parte de los Direcciones Territoriales del Ministerio de Trabajo,

    garantizando el debido proceso, de conformidad con el artculo 134 de la Ley1438 de2011 en el tema de sanciones.

    http://www.google.com.co/imgres?hl=es-419&biw=1280&bih=633&tbm=isch&tbnid=y9oS7XP7Gi6x4M:&imgrefurl=http://johananavarro2027.blogspot.com/2010_09_19_archive.html&docid=FKbRhJqQc3otyM&imgurl=http://www.sit.gob.gt/uploads/images/leyes2.jpg&w=320&h=300&ei=D9ArUfbLL4be8ASU6YGYCg&zoom=1&ved=1t:3588,i:147&iact=rc&dur=630&sig=101040622047828683957&page=2&tbnh=191&tbnw=204&start=17&ndsp=24&tx=88&ty=126
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    4. DERECHOS Y DEBERES POR PARTE DE LOS TRABAJADORES EN S&SO

    DERECHOS DEBERES

    El trabajador que sufra un accidente de trabajo o se lediagnostique una enfermedad laboral, tiene derecho a lacobertura por parte de la ARL en el 100% de lassiguientes prestaciones econmicas y asistenciales:

    _ Atencin inicial de urgencias en cualquier IPS en elevento de Accidente de Trabajo.

    _ Atencin mdica, quirrgica, teraputica y farmacutica

    prestada por la IPS donde est afiliado. _ Servicio de hospitalizacin, odontologa, diagnstico,tratamiento y suministro de medicamentos.

    _ Rehabilitacin fsica y profesional.

    _ Elaboracin y reparacin de prtesis y rtesis.

    _ Gastos de traslado en condiciones normales ynecesarias para la prestacin de los anteriores servicios.

    _ Subsidio por incapacidad temporal.

    _ Indemnizacin por incapacidad permanente o parcial.

    _ Pensin de invalidez.

    _ Pensin de sobreviviente por la muerte del afiliado opensionado.

    _ Auxilio funerario a quien sufraga los gastos de entierrode un afiliado o pensionado.

    _ A ser incorporado y/o reubicado una vez terminadossus procesos de recuperacin y/o rehabilitacin.

    _ Procurar el cuidadointegral de su salud.

    _ Suministrar informacinsobre el estado de susalud.

    _ Cumplir normas,reglamentos e

    instruccionesrelacionadas con laseguridad en el trabajo yla salud ocupacional.

    _ Participar enprevencin de riesgos atravs del Copaso y/o elViga Ocupacional.

    _ Los pensionados porinvalidez por riesgosprofesionales deberninformar y manteneractualizada suinformacin

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    5. DERECHOS Y DEBERES POR PARTE DE LAS ADMINISTRADORAS DERIESGOS LABORALES (ARL) EN S&SO

    DERECHOS DEBERES

    Contratar o conformar equipos deprevencin de riesgosprofesionales.

    _ Contratacin de personasnaturales o jurdicas debidamentelicenciadas por las Secretaras deSalud Locales, para la prestacinde servicios de Salud Ocupacionala terceros.

    _ Adquirir, fabricar o arrendar losequipos y materiales para elcontrol de factores de riesgo en lafuente y en el medio laboral.

    Aceptar a todos los afiliados que solicitenvinculacin a la ARL.

    _ Asesora bsica para las empresas en cuantoal diseo del Programa de Salud Ocupacional.(PSOE) y del Sistema de Gestin de Seguridady Salud Laboral, con base en lo establecido enla Ley 1562 de 2012

    _ Capacitacin bsica para brigadistas deemergencia.

    _ Capacitacin al Viga y/o Copaso de lasempresas afiliadas.

    _ Fomento de estilos de vida y trabajosaludables.

    _ Campaas de educacin, prevencin yeducacin en ATEL.

    _ Asesora tcnica.

    _ Evaluacin de programas de SaludOcupacional.

    _ Vigilancia y control a sus empresas afiliadas.

    _ Las reglamentadas por la Ley Nro. 1562 de2012.

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    6. FUENTES CONSULTADAS

    Derechos y deberes en salud ocupacional y en riesgos profesionales. Ministerio dela Proteccin Social, repblica de Colombia. 2008

    Decreto Ley Nro. 1295 de 1994, por la cual se establece el Sistema General de RiesgosProfesionales en Colombia. 1994

    Gloria Amparo Rodriguez, directora de investigaciones en derecho ambiental de laUniversidad del Rosario, publicado en actualidad ambiental en el Peridico la Republicadel jueves 21 de enero de 2013.

    Ley Nro.1562 de 2012, por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y sedictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional. 2012

    Dibujos e imgenes ilustrativas registradas en el documento de apoyo acadmico deestudio registrado en la pgina web google.com, en los enlaces:

    Http://www.gestiopolis.com/recursos2/documentos/fulldocs/rrhh/conbassalo.htm, y enHttps://www.google.com.co/search?hl=es, entre otras pginas.

    https://www.google.com.co/search?hl=eshttps://www.google.com.co/search?hl=es