Enero de 2020 -

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Deutsche Schule - Colegio Alemán Los Ángeles desde/seit 1882 1 Av. Gabriela Mistral 1360, 4440000 Los Angeles, Chile Tel: (56-43) 252 1111 - www.dsla.cl [email protected] wir sind an der Ausbildung von Führungskräften für die Welt aktiv beteiligt/...participamos activamente en la formación de líderes para el mundo… DEUTSCHE SCHULE LOS ÁNGELES “REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR” 2022

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Deutsche Schule - Colegio Alemán

Los Ángeles desde/seit 1882

1 Av. Gabriela Mistral 1360, 4440000 Los Angeles, Chile – Tel: (56-43) 252 1111 - www.dsla.cl – [email protected]

…wir sind an der Ausbildung von Führungskräften für die Welt aktiv beteiligt… /...participamos activamente en la formación de líderes para el mundo…

DEUTSCHE SCHULE LOS ÁNGELES

“REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y

PROMOCIÓN ESCOLAR” 2022

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2 Av. Gabriela Mistral 1360, 4440000 Los Angeles, Chile – Tel: (56-43) 252 1111 - www.dsla.cl – [email protected]

…wir sind an der Ausbildung von Führungskräften für die Welt aktiv beteiligt… /...participamos activamente en la formación de líderes para el mundo…

Contenido Reglamento de evaluación, calificación y promoción escolar” 2022 ............................................. 4

Sobre la base de los decretos: ............................................................................................... 4

I.-De los aspectos generales de este reglamento ........................................................................ 5

Para efectos del presente reglamento, se entenderá por: ....................................................... 5

Reglamento: ........................................................................................................................ 5

Evaluación: ......................................................................................................................... 5

Evaluación en aula: .............................................................................................................. 6

c) Calificación: ..................................................................................................................... 6

d) Curso: ............................................................................................................................. 6

e) Promoción: ..................................................................................................................... 6

▪ Para el Colegio Alemán de Los Ángeles: ........................................................................ 6

Artículo 1 - Vigencia ............................................................................................................... 6

Artículo 2 .............................................................................................................................. 7

Artículo 3 – del régimen y normas de evaluación ........................................................................ 7

i. Evaluación Diagnóstica: ..................................................................................................... 7

ii. Evaluación formativa: ................................................................................................... 7

iii. Evaluación Sumativa: ................................................................................................... 7

iv. Evaluación diferida: ..................................................................................................... 7

Validez: ........................................................................................................................... 7

Confiabilidad: .................................................................................................................. 8

Objetividad: .................................................................................................................... 8

3.3 Los Procedimientos Evaluativos utilizados corresponderán a las siguientes categorías: ..... 8

Procedimientos de prueba o Test: ..................................................................................... 8

Procedimientos de Observación, ....................................................................................... 8

Artículo 4º .............................................................................................................................. 9

Artículo 5° .............................................................................................................................. 9

Artículo 7° .............................................................................................................................. 9

Artículo 8° .............................................................................................................................. 9

Artículo 9º .............................................................................................................................. 9

Artículo 10º .......................................................................................................................... 10

Artículo 11º .......................................................................................................................... 10

II. De las situaciones especiales:.......................................................................................... 10

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3 Av. Gabriela Mistral 1360, 4440000 Los Angeles, Chile – Tel: (56-43) 252 1111 - www.dsla.cl – [email protected]

…wir sind an der Ausbildung von Führungskräften für die Welt aktiv beteiligt… /...participamos activamente en la formación de líderes para el mundo…

Del cierre del año anticipado: ......................................................................................... 10

Ingreso tardío a clases: ................................................................................................... 10

Ausencia de clases por períodos prolongados: .................................................................. 11

III.- De las calificaciones ......................................................................................................... 11

Artículo 12º: ......................................................................................................................... 11

Artículo 13º: ......................................................................................................................... 11

Artículo 14º .......................................................................................................................... 12

Artículo 15° .......................................................................................................................... 12

Artículo 16º .......................................................................................................................... 12

Artículo 17° .......................................................................................................................... 12

Artículo 18° .......................................................................................................................... 13

Situaciones específicas: ...................................................................................................... 13

Situaciones específicas para el ciclo 2: ................................................................................. 13

Artículo 19. De la Probidad Académica ................................................................................... 14

Artículo 20° .......................................................................................................................... 14

Artículo 21º .......................................................................................................................... 16

IV.- De la promoción: ............................................................................................................ 16

Artículo 22º .......................................................................................................................... 16

Artículo 23° .......................................................................................................................... 16

Del Ciclo inicial (Spielgruppe a Kinder) ............................................................................. 16

Del Ciclo 1 y 2: ............................................................................................................... 16

Artículo 24° .......................................................................................................................... 16

Artículo 25° .......................................................................................................................... 17

Artículo 26° .......................................................................................................................... 17

Artículo 27° .......................................................................................................................... 17

V.-De la permanencia de un estudiante en el nivel ............................................................... 17

Artículo 28° .......................................................................................................................... 17

Artículo 29° .......................................................................................................................... 18

Artículo 30° .......................................................................................................................... 18

Artículo 31° .......................................................................................................................... 18

VI.-Del consejo de evaluación: ............................................................................................ 18

Artículo 32° .......................................................................................................................... 18

VII.-De la no continuidad de estudios en el colegio ............................................................... 18

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VIII.- De la asistencia ............................................................................................................. 19

Artículo 33º .......................................................................................................................... 19

Artículo 34° .......................................................................................................................... 19

Artículo 35° .......................................................................................................................... 19

Artículo 36° .......................................................................................................................... 19

Artículo 37° .......................................................................................................................... 19

Artículo 38° .......................................................................................................................... 19

Artículo 39° .......................................................................................................................... 20

Artículo 40° .......................................................................................................................... 20

Artículo 41º .......................................................................................................................... 20

IX. De las evaluaciones externas ......................................................................................... 20

Anexo 1 Protocolo de evaluación diferenciada ........................................................................ 21

Artículo 42° .......................................................................................................................... 21

ADC de acceso: .................................................................................................................. 22

ADC en los objetivos: ............................................................................................................ 23

I). Requisitos para solicitar la evaluación diferenciada .............................................................. 23

Artículo 43° .......................................................................................................................... 23

Artículo 44° .......................................................................................................................... 24

Artículo 45° .......................................................................................................................... 24

II. Tipos de evaluación diferenciada ........................................................................................ 25

i. Evaluaciones de acceso: .................................................................................................. 25

▪ Criterios a considerar para las evaluaciones con adecuación de acceso: ......................... 25

ii. Evaluaciones diferenciadas con adecuación en los objetivos de aprendizaje: ...................... 26

Criterios a considerar para las evaluaciones con adecuación en los objetivos de aprendizaje: .. 26

Reglamento de evaluación, calificación y promoción escolar” 2022

R.B.D. N° 4286 -2 – Decreto de Reconocimiento Oficial, Resolución Exenta N° 1870 del 02

de Julio de 1960.

Sobre la base de los decretos:

- Decreto N° 67 /20 de febrero de 2018,

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- De las Nuevas Bases Curriculares de 1° a 6° básico: Decreto N° 433 y N°

439/2012, Decreto N° 2960/2012.

- De las Nuevas Bases Curriculares de 7° y 8° básico, Decreto N°614/2013,

Decreto N°369/2015, Decreto N°1265/2016.

- De las Nuevas Bases Curriculares I° y II° medio, Decreto N° 369/2015.

- Adscrito a las Bases Curriculares Decreto exento Nº 614/2013, para Iº y IIº de

Enseñanza Media.

- Adscrito a los Planes de estudio para Iº y IIº de Enseñanza Media, Decreto

exento Nº 1264 /2016.

I.-De los aspectos generales de este reglamento

Este reglamento está considerado para los niveles de educación básica y media del colegio

Alemán de los Ángeles, correspondientes únicamente para la modalidad tradicional de la

enseñanza formal.

El presente Reglamento de Evaluación y Promoción, acordado por el consejo de profesores y

dado a conocer a los Padres y Apoderados al inicio del año escolar, establece las disposiciones

de evaluación, calificación y promoción escolar de los estudiantes de enseñanza básica y

media del Colegio Alemán de Los Ángeles.

Para efectos del presente reglamento, se entenderá por:

Reglamento:

Instrumento mediante el cual, el Colegio Alemán de Los Ángeles establece de manera oficial los procedimientos de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos, basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción reguladas por este decreto.

Evaluación:

Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación para que tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los aprendizajes de los estudiantes.

Para el Colegio Alemán de Los Ángeles, la evaluación es un proceso que busca información para la valoración y la toma de decisiones.

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Este es un proceso sistemático de registro y valoración de los resultados obtenidos en el transcurso de aprendizaje de los educandos. Como tal, la evaluación se realiza tomando en consideración los objetivos educativos planteados en el Currículum Nacional y programas propios, específicamente para el idioma alemán.

Evaluación en aula:

Se refiere a una amplia gama de acciones lideradas por los y las docentes para que tanto ellos como sus estudiantes puedan obtener evidencia sobre el aprendizaje e interpretarla para tomar decisiones que permitan promover el progreso del mismo y mejorar los aprendizajes.

c) Calificación:

Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.

d) Curso:

Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad, formación general común o diferenciada, del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla durante una jornada en un año escolar determinado, mediante los Planes y Programas previamente aprobados por el Ministerio de Educación.

e) Promoción:

Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un curso, transitando al curso

inmediatamente superior o egresado del nivel de educación media.

▪ Para el Colegio Alemán de Los Ángeles:

La evaluación, calificación y promoción son procesos que, si bien relacionados, es necesario distinguir. La evaluación, como recogida de evidencia del aprendizaje para tomar decisiones pedagógicas, no siempre implica una calificación. La calificación, por su parte, se entiende como la representación del logro del aprendizaje en un número, símbolo o concepto, que permita transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje, por lo que siempre conlleva un proceso de evaluación. Con todo, las calificaciones deben ser una forma precisa de representar el logro de los aprendizajes para comunicar esto a los estudiantes y sus familias y apoderados, así como a otros docentes, en función de apoyar el aprendizaje.

Artículo 1 - Vigencia

Las disposiciones del presente Reglamento tienen vigencia durante el año escolar 2022.

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Artículo 2

Este Reglamento será comunicado antes del 31 marzo del 2022 a todos los estudiantes, padres y apoderados. Una copia del mismo deberá ser enviada para su información, al Departamento Provincial de Educación que corresponda.

Artículo 3 – del régimen y normas de evaluación

3.1 El año lectivo comprenderá dos semestres. El régimen de evaluación será por lo

tanto semestral. 3.2 El aprendizaje de los estudiantes será evaluado por cada profesor mediante evaluaciones diagnósticas, formativas, sumativas y diferidas, las que responderán a los objetivos respectivos de cada asignatura.

i. Evaluación Diagnóstica:

La que permite conocer la realidad en que se encuentra el alumno al inicio del periodo escolar.

ii. Evaluación formativa:

Proceso continuo que se desarrolla durante el año académico que permite conocer la

cantidad y calidad del aprendizaje logrado por los estudiantes.

iii. Evaluación Sumativa:

La que tiene relación con el logro o no logro de un objetivo educacional específico, esta evaluación será calificada.

iv. Evaluación diferida:

Que se aplica para conocer si los estudiantes han logrado internalizar los aprendizajes después de un tiempo de haberlos adquirido. Para estas instancias las evaluaciones que se aplican de manera estandarizada son: “Diagnóstico Integral de los Aprendizajes” de la Agencia de la Calidad de la Educación y la Evaluación Promueva. Además, de las evaluaciones internas y externas de los idiomas extranjeros en inglés y alemán.

3.2.1 En cada caso los procedimientos evaluativos que se utilicen deben reflejar no sólo los contenidos trabajados en clases, sino también, los procedimientos practicados previamente, a fin de garantizar que la evaluación sea un proceso coherente. El tipo y forma de evaluación deben además cumplir con criterios de calidad establecidos por los principios de evaluación de validez, confiabilidad, objetividad y aplicabilidad.

Validez:

Coherencia con los objetivos evaluados.

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Confiabilidad:

Contextualizar la pregunta, con preguntas e instrucciones claras, preguntas centradas en el desarrollo de habilidades. Otro aspecto importante a considerar es que la cantidad de evaluaciones sea acorde a la cantidad de horas de clases y que exista consistencia de los resultados con la realidad.

Objetividad:

Dando a conocer qué se evaluará, contenido y propósito. 3.2.2 Se debe utilizar los períodos de evaluación anual establecidas por Dirección

Académica. Todas las pruebas sumativas aplicadas deberán ser autorizadas previamente por el coordinador de área respectivo.

3.2.3 Toda evaluación deberá considerar una retroalimentación una vez

terminado el proceso de corrección y calificación por parte del profesor.

3.2.4 El estudiante deberá conocer con al menos una semana de anticipación el

temario, la rúbrica, pauta de cotejo, escala de evaluación u otro

instrumento de evaluación con el cual su aprendizaje será evaluado y

calificado.

3.3 Los Procedimientos Evaluativos utilizados corresponderán a las siguientes categorías:

Procedimientos de prueba o Test:

Se usarán para medir una muestra del aprendizaje individual y/o colectivo. Consistirán en formas de evaluación orales o escritas como pruebas de desarrollo, de opción múltiple, ensayos, trabajos de investigación, realización de proyectos, salidas pedagógicas, disertaciones, etc.

Procedimientos de Observación,

Se utilizarán como una forma de obtener información fidedigna en el ámbito educacional en situaciones que no son susceptibles de ser evaluadas mediante procedimiento de prueba o test. Se considerarán los siguientes procedimientos de observación, entre otros:

1) Registro Anecdótico 2) Listas de Comprobación (hoja de cotejo) 3) Escalas de Apreciación 4) Procedimientos de Informes. 5) Entrevistas 6) Portafolio 7) Otros

Las estrategias de Evaluación deberán ser variadas a fin de obtener una información oportuna y confiable como, por ejemplo: Pruebas orales, escritas, autoevaluación, co-evaluación,

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portafolios, guías de aprendizajes, uso de T.I.C. (software) etc.

Artículo 4º

Las calificaciones se expresarán de primer año de educación general básica a cuarto año de enseñanza media en una escala de 1,0 a 7,0.

Artículo 5°

La nota mínima de aprobación para todas las asignaturas es 4,0.

Artículo 6° El Nivel de exigencia para obtener la nota mínima de aprobación será de un 60% en cada evaluación sumativa de 1º a IIº medio. Las evaluaciones acumulativas (NA)serán al 50%. Para los niveles de IIIº y IVº medio todas las evaluaciones serán al 50%.

Artículo 7°

El resultado de las evaluaciones debe ser revisado por el estudiante inmediatamente entregado el instrumento. En caso de haber dudas en la corrección, consultar con prontitud al docente.

Artículo 8°

Los estudiantes deberán ser evaluados en todas las asignaturas de aprendizaje del plan de estudio correspondiente, con un determinado número de calificaciones como mínimo:

Cuatro calificaciones en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Lengua y Literatura,

Matemática y Alemán.

Tres calificaciones en las asignaturas de inglés, Historia, Geografía y Ciencias Sociales y

Ciencias Naturales.

Dos calificaciones en las asignaturas de Artes Musicales, Artes Visuales, Educación

Artística y Educación Física y Tecnología.

Artículo 9º

No existe eximición de asignaturas, sin embargo, se considerarán casos especiales que se respalden con la debida certificación médica. Se promoverá el desarrollo de otras actividades que permitan evaluar el objetivo de aprendizaje propuesto.

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Artículo 10º

En las asignaturas de Religión y Orientación, se evaluará con notas de 1,0 a 7,0, y el promedio semestral y anual se expresará en concepto de acuerdo a la siguiente escala: Muy Bueno, (6,0 a 7,0) Bueno, (5,0 a 5, 9) Suficiente (4,0 a 4,9) e Insuficiente, (1,0 a 3,9) pero no influirá en el promedio final.

Artículo 11º

II. De las situaciones especiales:

Del cierre del año anticipado:

El cierre anticipado del año escolar es una medida en la que el Colegio adelanta o suspende parcialmente el proceso de evaluación de los aprendizajes de un estudiante por razones de fuerza mayor, como tratamiento médico, viaje de estudios al extranjero, participación en campeonatos de nivel internacional, etc. Esta medida, permitirá la promoción del estudiante, si sus profesores han reunido suficiente evidencia como para certificar que ha cumplido satisfactoriamente con los objetivos del nivel, pudiendo establecerse, en caso necesario, la exigencia de cumplimiento de algún requisito específico para su promoción. Si la situación en cuestión es conocida con antelación, el apoderado del estudiante deberá informarla oportunamente al Colegio para proceder a la re-programación de los trabajos y pruebas para fechas anteriores a su partida.

Ingreso tardío a clases:

Se considerará como ingreso tardío a clases, cuando alguno de nuestros estudiantes retorna a clases presenciales en un periodo posterior a la fecha de inicio formal de clases. Otro tipo de ingreso tardío es cuando un estudiante ingresa de manera posterior al colegio producto de un traslado. También se considerará ingreso tardío cuando exista alguna de las siguientes situaciones tales como: problemas de salud prolongadas, estudios o viaje de estudios en el extranjero, participación en campeonatos deportivos internacionales, etc.

Todos los estudiantes del colegio, que ingresen tardíamente a clases durante el año académico en curso, deberán presentar una razón justificada para tal efecto y cumplir con los siguientes requisitos específicos cuando corresponda o la situación así lo requiera: a) Presentar Certificado de notas al día. (alumnos con periodos de estudios en el extranjero) b) Rendir evaluaciones recuperativas, en caso de no presentar la cantidad de calificaciones requeridas a la fecha, en el nivel del estudiante. c) Presentar certificados médicos. d) Presentar certificado si es deportista destacado.

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Ausencia de clases por períodos prolongados:

Se considerará ausencia por periodos prolongados cuando un estudiante por situaciones tales como: problemas de salud prolongadas, estudios en el extranjero, participación en campeonatos deportivos nacionales e internacionales, entre otras, se ausenta de las clases presenciales del colegio. Todos los estudiantes que se ausenten por periodos prolongados deberán presentar una razón justificada para tal efecto y cumplir con los siguientes requisitos específicos cuando la situación así lo requiera: a) Presentar certificados médicos. b) Presentar certificado de deportista destacado. (nivel nacional e internacional)

En el caso que una estudiante cumpla con los antes solicitado y no logre obtener el porcentaje de asistencia para ser promovido se consideran los siguientes antecedentes relevantes:

● Trayectoria académica. ● Progresión curricular. ● Habilidades y actitudes de los OA del curriculum. ● Situación Socioemocional

III.- De las calificaciones

Artículo 12º:

La calificación final de los estudiantes de Primer Año de Enseñanza Básica a Cuarto Año de Enseñanza Media corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones semestrales obtenidas por los estudiantes en cada asignatura del Plan de Estudios, redondeado a la décima.

Artículo 13º:

Durante el año lectivo los estudiantes obtendrán las siguientes calificaciones:

i. Parciales: Corresponderán a las calificaciones que los estudiantes hayan obtenido en evaluaciones realizadas en las diferentes asignaturas.

ii. Semestrales: Corresponderán a un promedio redondeado a la décima.

iii. Finales: Corresponderán en cada asignatura, al promedio redondeado a la décima.

iv. Promedio General: Corresponderá al promedio redondeado a la décima de las calificaciones finales obtenidas por el estudiante. Las asignaturas de Religión y Orientación no inciden en el promedio general.

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Artículo 14º

En cada evaluación aplicada el porcentaje de notas insuficientes no podrán exceder a un 20% del total de los estudiantes del grupo curso o grupo asignatura. En caso de que esto ocurra, el Profesor deberá aplicar un remedial por única vez en conjunto con la Dirección Académica y/o Coordinador de área de la asignatura según corresponda. Sin embargo, esta medida queda sin efecto si ha existido una colusión de los estudiantes para generar esto. El profesor deberá presentar la evidencia respectiva a la Dirección Académica para tomar las decisiones pertinentes.

Artículo 15°

Las calificaciones se registrarán en el Libro de Clases digital (SYSCOL), en la asignatura que corresponda, después de cada evaluación realizada.

Artículo 16º

Los profesores tendrán 10 días hábiles como máximo para hacer entrega a sus estudiantes de los resultados obtenidos en las pruebas, test, producciones de textos, o cualquier otra actividad calificada en cualquiera de los 12 niveles de enseñanza escolar. Deberán además incorporar dentro del mismo plazo dichas calificaciones en el sistema de registro de notas del colegio. No obstante, lo señalado en el inciso anterior, para el ciclo 2, el plazo para informar las calificaciones de las actividades evaluadas de mayor extensión, como las tareas escritas, ensayos o investigaciones del programa de Diploma, se podrían extender.

Artículo 17°

i. Para la asignatura de educación física y actividades extra-programáticas:

Para los estudiantes que mediante certificado médico son eximidos de realizar actividad física, el Colegio Alemán de Los Ángeles aceptará tal solicitud, siempre que ésta venga prescrita por un profesional idóneo, como médicos generales, traumatólogos, dentistas, neurólogos y/o psiquiatras. Junto con esta recomendación el colegio asumirá que dichos estudiantes no pueden participar de ninguna actividad física realizada dentro del establecimiento, tales como aniversario y otras.

ii. Para la asignatura de educación física, es necesario enfatizar que es una asignatura vivencial, lo que quiere decir que los estudiantes pese a estar exentos de la actividad física, estos deben estar presentes en la clase.

iii. Las evaluaciones para los estudiantes eximidos serán a través de trabajos de investigación, trabajos prácticos, disertaciones de las clases observadas entre otras.

iv. En el caso de los estudiantes que se encuentren exentos de realizar actividad física de la asignatura por situaciones emocionales, los docentes citarán a los padres a entrevista

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con el fin de obtener información para abordar los aprendizajes junto con solicitar el apoyo de los padres en este proceso.

v. En el caso que se organicen campeonatos deportivos extracurriculares, y estos coincidan con evaluaciones externas, tales como SIMCE, PAES, Sprachdiplom, exámenes IB, los estudiantes del Colegio Alemán, no podrán participar de estas actividades extracurriculares.

Artículo 18°

Situaciones específicas:

i. El énfasis de los aprendizajes será puesto en la evaluación formativa, y para ello se realizarán las siguientes acciones durante el proceso de aprendizaje:

- Monitoreo de los avances de los estudiantes antes de rendir las evaluaciones mediante evaluación formativas, antes de la evaluación escrita, (Nota directa).

- Acompañamiento del progreso de los avances en trabajos prácticos, investigaciones y proyectos de aprendizaje.

- Los aspectos actitudinales tales como desempeño y participación en clases se podrán evaluar en todas las asignaturas como una nota acumulativa.

Situaciones específicas para el ciclo 2:

i. Los estudiantes desde 7º a IV° año de Enseñanza Media tendrán derecho a

cambiar una de sus pruebas escritas con miras a demostrar el logro final de los objetivos al final de cada semestre. En caso de que la nota de la prueba de repetición resulte ser mayor a la evaluación original, ésta reemplazará la calificación anterior. Sin embargo, al ser inferior esta se promediará con la calificación a reemplazar. Esta evaluación comprenderá los contenidos y/o habilidades relevantes del semestre. Se utilizará el mismo instrumento de las evaluaciones pendientes.

ii. Los estudiantes podrán repetir una prueba del semestre siempre y cuando el estudiante no tenga pruebas calendarizadas pendientes en la asignatura.

iii. Los estudiantes deberán inscribir dicha evaluación de repetición en las fechas estipuladas por la dirección académica. No se aceptarán inscripciones fuera de plazo.

iv. Los estudiantes de III° medio tendrán derecho a una bonificación graduada sobre las calificaciones semestrales en las asignaturas del Bachillerato, aplicando la siguiente escala:

Nota Décimas

adicionales

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4,5-4,9 1

5,0-5,4 2

5,5-5,9 3

6,0-6,4 4

≥6,5 5

Artículo 19. De la Probidad Académica

i. En el caso que un estudiante entregue o rinda una evaluación como propio y se

compruebe fuera de toda duda y dando cuenta de un debido proceso de investigación, que

en realidad corresponde a la autoría de terceros en su totalidad o en parte, entonces recibirá

la calificación mínima reprobatoria (1.0) provisoria. El estudiante será citado a rendir

nuevamente dicha evaluación por el profesor. Esta evaluación tendrá un porcentaje de

exigencia de un 10% mayor. No obstante, el estudiante será sometido a un proceso de

formación de la conducta y esta será tipificada según lo establece el reglamento de

convivencia escolar.

ii. Si un estudiante es sorprendido por un profesor utilizando elementos no permitidos

para responder las preguntas de una evaluación o si él recibe ayuda de terceros para hacerlo,

entonces recibirá la calificación mínima reprobatoria (1.0) provisoria. Aplicará el mismo

procedimiento según el punto anterior.

Artículo 20°

De la no presentación de un estudiante a pruebas o evaluaciones calendarizadas y la no

entrega de tareas u otros formalmente solicitadas por un profesor.

i. Toda vez que un estudiante no se presente a rendir una evaluación agendada o la

no entrega de un trabajo dentro de los plazos establecidos, el docente de la

asignatura deberá dejar un registro en la hoja de vida del estudiante y procederá a

registrar como nota 1,0 en Syscol de manera provisoria.

ii. La no presentación de un estudiante a una evaluación calendarizada, implicará

que el apoderado del estudiante deberá justificar dicha ausencia en Coordinación

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Operativa mediante correo electrónico con copia al profesor de la asignatura, para

realizar esta acción el apoderado tiene como plazo máximo 48 horas después de

rendida la evaluación. Si el apoderado ha justificado la inasistencia dentro del plazo

establecido, el procedimiento de repetición de la evaluación se realizará de la

siguiente forma:

Ciclo 1: El procedimiento a seguir en el caso de que un estudiante no rinda una

evaluación calendarizada desde 1° básico a 6° básico, el profesor hará registro de la

situación en la hoja de vida del estudiante y convendrá con él una nueva fecha de rendición

de la evaluación después del horario de clases, en la Biblioteca; y lo formalizará por medio

de un formulario disponible en Coordinación Operativa.

Ciclo 2: El estudiante podrá rendir la evaluación pendiente al final del semestre si

esta evaluación es una calificación directa. Por otro lado, si la evaluación es acumulativa,

ésta deberá ser rendida al final del mes en horario de atención de estudiantes o según lo

estipule el profesor de la asignatura.

Las evaluaciones pendientes inscritas durante el periodo semestral en cuestión para el

ciclo 2, serán recalendarizadas para fines del semestre en curso por Dirección Académica

e informada por los profesores.

iii.-En el caso que un estudiante no presente un trabajo escrito en la fecha calendarizada,

para ambos ciclos 1 y 2, el profesor de asignatura aplicará la calificación mínima 1.0

provisoria en Syscol. El estudiante recibirá una penalización de 5 décimas por cada día de

atraso con un plazo máximo de 7 días hábiles. Si al cumplirse este plazo el estudiante no

presenta el trabajo la nota 1,0 será definitiva.

iv. Para rendir una evaluación pendiente (nota de prueba), el profesor construirá un instrumento de evaluación que contemple las habilidades y contenidos relevantes del semestre. El instrumento de evaluación podrá ser escrito, oral o de otro tipo, que se haya informado al estudiante previamente y que busque medir y apoyar el proceso educativo del estudiante. El profesor deberá entregar el temario correspondiente a la evaluación con al menos una semana de anticipación. La extensión de la evaluación no puede superar los 80 minutos.

v. Ante la ausencia injustificada a una evaluación prefijada, encontrándose presente dentro del establecimiento en las horas de clase previas a la misma, el estudiante será calificado con nota mínima 1.0. vi. Si el estudiante regresa a clases al día siguiente de participar en un evento representando al colegio, y tiene programada una evaluación calendarizada o le vence el plazo para la entrega de algún trabajo oral o escrito ese mismo día, podrá optar a

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postergarla de común acuerdo con el profesor respectivo. Es el estudiante quien debe ponerse en contacto con su profesor anterior al evento.

Artículo 21º

El Director del Establecimiento Educacional, Directores Académicos con el (o los) Profesor(es) respectivo(s) y especialistas de apoyo deberán resolver las situaciones especiales de Evaluación y Promoción de los estudiantes de 1º Año de Enseñanza Básica, hasta IVº año de Enseñanza Media. Esta resolución deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. Además, resolverán los casos que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año anticipadamente u otros semejantes.

IV.- De la promoción:

Artículo 22º

Para la Promoción de los estudiantes de Enseñanza Básica y media se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de las asignaturas o actividades de aprendizaje del Plan de Estudio y la asistencia a clases.

Artículo 23°

Del Ciclo inicial (Spielgruppe a Kinder)

La promoción de un nivel a otro en los tres años del ciclo inicial, se realizará por medio de un Informe Educacional que considera el desarrollo de los ámbitos socio-afectivos, motrices y cognitivos esperados para cada nivel. Cabe la posibilidad que, si el nivel de logro en dichos ámbitos es considerablemente deficitario, la Educadora pudiera recomendar la permanencia de un estudiante por un periodo adicional en el mismo nivel. Dicha recomendación deberá ser refrendada por los especialistas del equipo de apoyo académico especializado, la directora del nivel y la encargada de convivencia escolar.

Del Ciclo 1 y 2:

Para la promoción de los estudiantes de 1º a IV medio, se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de las asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clases.

Artículo 24°

Serán promovidos los estudiantes de los cursos de 1º a IVº año de Enseñanza Media que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5, incluyendo el no aprobado.

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Artículo 25°

Serán promovidos los estudiantes de los cursos 1º a IIº Año de Enseñanza Media que no hubieren aprobado dos asignaturas y que su nivel general de logros corresponda a un promedio 5,0 o superior incluyendo los no aprobados.

Artículo 26°

No serán promovidos los estudiantes de 1° a IV° año medio que obtengan tres o más asignaturas con promedios insuficientes. Sin embargo, esto deberá ser acordado por el consejo de evaluación.

Artículo 27°

V.-De la permanencia de un estudiante en el nivel

Los estudiantes que presentan tres promedios deficientes, no podrán ser promovidos. Sin embargo, el consejo de evaluación deberá confirmar dicha decisión en base a evidencias recopiladas durante el año escolar.

Se solicitará la permanencia de estudiantes en los siguientes casos:

i. Para los estudiantes de 1° a 3° de enseñanza básica, que presenten un retraso significativo

en la lectura, escritura y matemáticas, que pueda afectar seriamente la continuidad de sus

aprendizajes en el curso superior.

ii. Para los estudiantes de 4° de enseñanza básica a IV° de enseñanza media, que presenten un alto número de inasistencias a clases, situación que no le permita al estudiante contar con los contenidos mínimos obligatorios y las habilidades básicas para la continuidad en el curso superior.

iii. Para ambos casos, la decisión debe ser refrendada por el director del establecimiento, los directores académicos, el consejo de profesores, el equipo de apoyo académico especializado junto con variadas evidencias del profesor (a) tutor del curso involucrados, además de informes de especialistas externos en el caso de ser necesarios.

Para adoptar tal medida, el establecimiento deberá tener evidencia de las actividades de acompañamiento realizadas a los estudiantes y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados, de manera tal de posibilitar una labor en conjunto como medida preventiva de la permanencia.

Artículo 28°

El profesor tutor deberá informar a los apoderados la situación de riesgo de repitencia antes del 30 de octubre del año en curso.

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Artículo 29°

Los promedios anuales que tengan calificación 3.8 a 3.9, deben ser definidos con una evaluación de los objetivos de aprendizaje más relevantes trabajados durante el año en la asignatura para definir la calificación final.

Artículo 30°

El logro de los Objetivos de Aprendizaje Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social de los estudiantes, el que se entregará semestralmente a los Padres y Apoderados.

Artículo 31°

VI.-Del consejo de evaluación:

i. El consejo de evaluación estará integrado por: Dirección académica, equipo de apoyo académico especializado, profesor tutor y profesores de asignaturas.

ii. El consejo de evaluación se reunirá al final del año escolar para evaluar a los estudiantes que se encuentren en condición de permanencia.

iii. El consejo de evaluación analizará la información disponible y recopilada por profesores y equipo de apoyo para confirmar la permanencia o resolver la promoción del estudiante.

iv. Para la promoción o permanencia de los estudiantes se deberá considerar la trayectoria académica del estudiante, el estado emocional, el seguimiento del equipo de apoyo, la progresión de aprendizaje de ambos semestres y situaciones limítrofes.

v. El consejo de evaluación, una vez recopilada la información y previa deliberación, realizará una votación para determinar la promoción o permanencia de los estudiantes presentados al consejo. La decisión se decidirá por mayoría simple, de generarse empate, esta será dirimida por el Director del Colegio.

Artículo 32°

VII.-De la no continuidad de estudios en el colegio

Se establece que no podrán continuar estudios en el colegio:

i. Al estudiante que repruebe en el mismo ciclo 2 veces, (Ciclo 1 de 1ero a 6to básico y Ciclo 2 de 7mo básico a IVº Medio), o por tercera vez un curso cualquiera en el transcurso de su proceso educativo.

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ii. Al estudiante a quién se le cancele la matrícula en base a la aplicación del Reglamento de Convivencia Escolar vigente del colegio.

iii. Al estudiante cuyo apoderado no haya cumplido al cierre de un año escolar y previo al inicio del siguiente con sus compromisos contractuales financieros con el colegio, dentro del año escolar y en los plazos acordados entre las partes.

VIII.- De la asistencia

Artículo 33º

Serán promovidos todos los estudiantes de Enseñanza Básica y media que hayan asistido a lo menos al 85% de las clases y que hayan alcanzado los Objetivos de Aprendizaje correspondientes a estos cursos.

Artículo 34°

En casos especiales el Director del Establecimiento junto con Directores de Ciclo y el Profesor tutor (a) podrán autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas.

Artículo 35°

Se considerará la asistencia para los estudiantes que participen en eventos nacionales e internacionales en el área del deporte, cultura, ciencias y artes.

Artículo 36°

Las Actas se confeccionarán en la plataforma digital del establecimiento educativo y deberán ser enviadas a la Secretaría Regional Ministerial correspondiente, organismo que las legalizará. El Establecimiento Educacional conservará un ejemplar para el Registro Interno.

Artículo 37°

Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada subsector de aprendizaje o asignatura, el porcentaje anual de asistencia, la situación final de los estudiantes y la cédula nacional de identidad de cada uno de ellos.

Artículo 38°

En el caso de estudiantes en situación de embarazo, se procederá de acuerdo con protocolo establecido de la normativa vigente (Decreto 79/2005), donde se velará por el resguardo de los derechos de las estudiantes.

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Artículo 39°

El Certificado Anual de Estudio no podrá ser retenido por ningún motivo.

Artículo 40°

Las situaciones de Evaluación y Promoción Escolar no previstas en el presente Decreto, serán resueltas por la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva dentro de la esfera de su competencia.

Artículo 41º

IX. De las evaluaciones externas

i. Los estudiantes podrán rendir las pruebas centrales de alemán DSD1 y DSD2 siempre y cuando en las evaluaciones de ensayo hayan obtenido un puntaje que garantice una posibilidad real de aprobar, según las nuevas disposiciones de la ZFA (Central de estudios de los colegios extranjeros). Los estudiantes de enseñanza media que rindan por primera vez y aprueben el Deutsches Sprachdiplom (DSD1 y DSD2) de su nivel, obtendrán un 7.0 equivalente al 50% de la nota semestral para el DSD1 o el 50% de la nota anual para el DSD2 en la asignatura de Alemán. La calificación se hará efectiva en el semestre en el que se reciban los resultados oficiales. Asimismo, los estudiantes de 7° año de enseñanza básica que aprueben el examen A2, recibirán una nota 7.0 adicional en el semestre en el que se obtengan los resultados.

ii. La monografía del Programa del Diploma será calificada internamente usando los criterios del IB durante el III° año de enseñanza media y corresponderá al 20% de la nota de cada semestre en la asignatura asociada al tema de investigación, informado a los estudiantes por el profesor guía.

iii. Del Diploma del Bachillerato Internacional. Los exámenes del diploma se rinden durante el mes de mayo de IV medio. Estos exámenes tienen una conversión a nota nacional. La nota de los exámenes de las asignaturas de Nivel Superior del Programa de Diploma que realizan los estudiantes de IV° año de enseñanza media en mayo de cada año, equivaldrán al 100% de la nota semestral de la asignatura respectiva, donde la nota 4 (cuatro) informada por el IB equivaldrá a un 7.0. Para notas inferiores a 4 (cuatro), se aplicará una escala de un 50%. En caso de obtener una nota igual o superior a 6 (seis), entonces equivaldrá a un 7.0 anual en la asignatura respectiva, siempre y cuando su promedio del II° semestre sea 6.0 o superior. Del mismo modo, dicha nota anual quedará supeditada a la asistencia no inferior al 85% del II° semestre. En caso contrario, la nota 7.0 será sólo semestral. Por último, en la eventualidad que la nota resultante de un estudiante en uno de estos exámenes de asignatura sea inferior al promedio de I° a III° de enseñanza media, entonces la nota del examen se promediará con su rendimiento histórico.

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iv. La nota de los exámenes de las asignaturas de Nivel Medio del Programa de Diploma que realizan los estudiantes de IV° año de enseñanza media en mayo de cada año, equivaldrá al 100% de la nota semestral de la asignatura respectiva, donde la nota 5 (cinco) informada por el IB equivaldrá a un 7.0. Para notas inferiores a 5 (cinco), se aplicará una escala de un 50%. En caso de obtener una nota igual o superior a 6 (seis), entonces equivaldrá a un 7.0 anual en la asignatura respectiva, supeditado a las mismas condiciones de rendimiento y conducta señalados en el artículo anterior.

v. Las asignaturas de IV° medio que no se presenten a exámenes externos, pero que son parte del currículo del Programa de Diploma, serán evaluadas con un examen interno siguiendo el mismo formato de los exámenes externos y equivaldrá al 50% de la nota semestral de la asignatura respectiva. La fecha de aplicación será a continuación de los exámenes externos. Para todo lo demás rigen los mismos términos que para los exámenes externos (Alemán o Inglés).

Anexo 1 Protocolo de evaluación diferenciada

Artículo 42°

Los procedimientos para aplicar la Evaluación Diferenciada deben estar explicitados en el Reglamento Interno de cada establecimiento educacional.

El presente protocolo expone los requisitos y procedimientos para asegurar la regularidad del proceso de Evaluación Diferenciada en las asignaturas que lo requieran. Este proceso se rige según el marco legal vigente por el Ministerio de Educación establecido en la Ley 20.370, Ley 20.422, Ley 20.201, Decreto Supremo 170/2009, Decreto 83/2015

Para los efectos del presente documento se entenderá por:

Evaluación diferenciada: Se entiende por Evaluación Diferenciada al procedimiento pedagógico que le permite al docente, identificar los niveles de logro de aprendizajes curriculares, que alcanzan aquellos estudiantes que por diferentes necesidades educativas están en una situación temporal o permanente, distinta de la mayoría.

Este procedimiento de evaluación, se diferencia de los aplicados a la mayoría de los estudiantes. NEE: Son barreras a la participación y al aprendizaje que experimentan los estudiantes y jóvenes durante su proceso de escolarización, las que se producen como consecuencia de su origen social y cultural, y de sus características individuales en cuánto a su historia personal y educativa, capacidades, intereses, motivaciones y estilos de aprendizaje. También se deben considerar como NEE, las que emanan de las altas capacidades o talentos de los estudiantes. NEEP: Son aquellas barreras para aprender y participar, diagnosticadas por profesionales competentes, que determinados estudiantes experimentan durante toda su escolaridad y que demandan al sistema educacional la provisión de apoyos y recursos adicionales o extraordinarios para asegurar su aprendizaje escolar.

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Por lo general, las NEE de carácter permanente se presentan asociadas a discapacidad visual, auditiva, disfasia, trastorno autista, discapacidad intelectual y discapacidad múltiple.

Además, se incluyen las capacidades cognitivas superiores.

NEET: Son dificultades de aprendizaje que experimentan los estudiantes en algún momento de su vida escolar, diagnosticada por profesionales competentes, que demandan al sistema educacional, por una parte, la provisión de apoyos y recursos adicionales o extraordinarios por un determinado período de su escolarización, para asegurar el aprendizaje y la participación de estos en el proceso educativo, y por otra, el desarrollo de capacidades en el profesorado para dar respuestas educativas de calidad a los diferentes, ritmos, capacidades e intereses que presentan los estudiantes.

Las NEE de carácter transitorio pueden presentarse asociadas a: Dificultades específicas de aprendizaje (DEA), Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL), Trastorno Déficit Atencional con (TDAH) y sin hiperactividad (TDA) y Coeficiente Intelectual Limítrofe (FIL).

ADC: Las adecuaciones curriculares se entienden como los cambios a los diferentes elementos del currículum, que se traducen en ajustes en la programación del trabajo en el aula. Consideran las diferencias individuales de los estudiantes con necesidades educativas especiales, con el fin de asegurar su participación, permanencia y progreso en el sistema escolar.

Las adecuaciones curriculares deben responder a las necesidades educativas especiales de los estudiantes, permitiendo y facilitando el acceso a los cursos o niveles, con el propósito de asegurar aprendizajes de calidad y el cumplimiento de los principios de igualdad de oportunidades, calidad educativa con equidad, inclusión educativa y valoración de la diversidad y flexibilidad en la respuesta educativa.

Asegura, el acceso, la continuidad y la progresión de los niveles a los estudiantes.

ADC de acceso:

Son aquellas que intentan reducir o incluso eliminar las barreras a la participación, al acceso a la información, expresión y comunicación, facilitando así el progreso en los aprendizajes curriculares y equiparando las condiciones con los demás estudiantes, sin disminuir las expectativas de aprendizaje. Generalmente, las adecuaciones curriculares de acceso son utilizadas por los estudiantes tanto en el colegio como en el hogar y en la comunidad.

Criterios a considerar para las adecuaciones curriculares de acceso:

- Presentación de la información.

- Formas de respuesta.

- Entorno.

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- Organización del tiempo y horario.

ADC en los objetivos:

Los Objetivos de Aprendizaje establecidos en las Bases Curriculares y planes y programas, pueden ser ajustados en función de los requerimientos específicos de cada estudiante con relación a los aprendizajes prescritos en las distintas asignaturas del grupo curso de pertenencia. Los objetivos de aprendizaje expresan las competencias básicas que todo estudiante debe alcanzar en el transcurso de su escolaridad. En consecuencia, deben adoptarse como resultado de un proceso de evaluación amplio, riguroso y de carácter interdisciplinario.

Un criterio fundamental a tener en cuenta para la decisión del uso de adecuaciones en los objetivos de aprendizaje es evitar la eliminación de aquellos aprendizajes que se consideran básicos e imprescindibles para el desarrollo integral del estudiante, que son requisitos para seguir aprendiendo y que se detallan más adelante.

Las adecuaciones curriculares en los objetivos de aprendizaje pueden considerar los siguientes criterios:

- Graduación del nivel de complejidad.

- Priorización de objetivos de aprendizaje y contenidos.

I). Requisitos para solicitar la evaluación diferenciada

Artículo 43°

La Evaluación Diferenciada se aplica a estudiantes que están en una situación temporal o permanente distinta a la mayoría y requieren de una forma diferente de evaluar los aprendizajes.

▪ El plazo máximo para presentar estos antecedentes será el último día hábil del mes de abril del año en curso, debiendo ser actualizados año a año. Situaciones excepcionales serán revisadas por Dirección Académica y las profesionales respectivas, educadora diferencial y Psicopedagoga.

▪ En esta instancia, se determinarán cuáles son las medidas viables de ser aplicadas

de acuerdo con la normativa interna, considerando el tipo de apoyo, las asignaturas comprometidas y tiempo de aplicación de la evaluación, de acuerdo con su diagnóstico y a las sugerencias del especialista. Las medidas a tomar no tienen efecto retroactivo, salvo casos que lo ameriten y sean revisados por un equipo multidisciplinario, que serán aprobados por Dirección.

▪ Como consecuencia las especialistas del establecimiento (educadora diferencial y psicopedagoga) emitirán un informe de Resolución de Evaluación Diferenciada que regirá para las adaptaciones que deberán aplicar los profesores de asignatura

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involucrados. Dicho informe será comunicado en reunión de profesores y a los apoderados en entrevista personal.

Artículo 44°

Se aplica, por ejemplo, a estudiantes con necesidades educativas especiales, estudiantes con muchas inasistencias justificadas, con serios problemas emocionales, u otros motivos relacionados con el logro de los objetivos de aprendizaje.

▪ Por su parte, los apoderados firman la recepción del documento y toman

conocimiento de la resolución. Asimismo, se comprometen a realizar un apoyo que colabore con el fortalecimiento de las áreas descendidas, presentando informes semestrales con el estado de avance/o alta del tratamiento del especialista que está apoyando el estudiante.

▪ El colegio Alemán de Los Ángeles aplica procedimientos, que, según su criterio

pedagógico, le permitan dar reales oportunidades educativas a los estudiantes con necesidades educativas especiales.

▪ Para presentar solicitudes de evaluación diferenciada, es necesario un informe psicológico, psicopedagógico o médico elaborado por un servicio externo al

establecimiento, por profesionales especialistas pertinentes para realizar el diagnóstico.

Artículo 45°

Para hacer efectiva la Evaluación Diferenciada, el apoderado debe presentar la documentación médica, neurológica o psicológica que amerite la aplicación de procedimientos de evaluación diferenciada.

Todos los informes psicológicos, psicopedagógicos o médicos deben:

▪ Ser legibles y estar escritos en papel con membrete, con firma y fecha. ▪ Incluir el tratamiento, nombre y credenciales profesionales de la persona o

personas que han realizado la evaluación y diagnóstico del estudiante. ▪ Especificar la naturaleza de la necesidad del apoyo para el aprendizaje y las

pruebas o técnicas empleadas para su diagnóstico. ▪ Ser coherentes: la solicitud de adecuación de evaluación presentada, con el

diagnóstico entregado por el profesional respectivo.

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II. Tipos de evaluación diferenciada

i. Evaluaciones de acceso:

Son aquellas que intentan reducir o incluso eliminar las barreras al momento de enfrentar una evaluación, para poder transmitir sus conocimientos sin dificultad en el vaciado de información, expresión y comunicación, facilitando así la evaluación de los aprendizajes curriculares y equiparando las condiciones con los demás estudiantes, sin disminuir los aprendizajes a evaluar.

▪ Criterios a considerar para las evaluaciones con adecuación de acceso:

Presentación de la información: La forma de presentar la información debe permitir a los estudiantes acceder a través de modos alternativos, que pueden incluir información auditiva, táctil, visual y la combinación entre estos. Como, por ejemplo:

○ Ampliación de la letra o de las imágenes, ○ Amplitud de la palabra o del sonido, ○ Uso de contrastes, utilización de color para resaltar determinada información,

videos o animaciones. ○ Son de ayudas técnicas que permitan el acceso a la información escrita (lupa,

recursos multimedia, equipos de amplificación de audio) ○ Uso de textos escritos o hablados, ○ Medios audiovisuales, ○ Uso de gráficos táctiles, ○ Presentación de la información a través de lenguajes y signos alternativos y/o

complementarios y con distintos niveles de complejidad, entre otros.

Formas de respuesta: La forma de respuesta debe permitir a los estudiantes realizar evaluaciones a través de diferentes formas y con la utilización de diversos dispositivos o ayudas técnicas y tecnológicas diseñadas específicamente para disminuir las barreras que interfieren en la evaluación de aprendizaje del estudiante. Por ejemplo:

● Ofrecer posibilidades de expresión a través de múltiples medios de

comunicación tales como texto escrito, discurso, ilustración, diseño, manipulación de materiales, recursos multimedia, música, artes visuales, escultura,

● Persona que transcriba las respuestas del estudiante. ● Evaluaciones en forma oral. ● Uso de calculadora, ordenadores visuales, organizadores gráficos, entre otros.

Entorno: La organización del entorno debe permitir a los estudiantes el acceso autónomo, mediante adecuaciones en los espacios, ubicación, y las condiciones en las que se desarrolla la evaluación. Por ejemplo:

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● Situar al estudiante en un lugar estratégico del aula para evitar que se distraiga y/o para evitar que distraiga a los otros estudiantes, entre otras. ● Favorecer el acceso y desplazamiento personal o de equipamientos especiales; ● Adecuar el ruido ambiental o la luminosidad, entre otros.

Organización del tiempo y el horario: La organización del tiempo debe permitir a los estudiantes acceso autónomo, a través de modificaciones en la forma que se estructura el horario o el tiempo para desarrollar las evaluaciones. Por ejemplo:

● Adecuar el tiempo utilizado en una evaluación; ● Organizar espacios de distensión o desfogue de energía; ● Permitir el cambio de jornada en la cual se rinda una evaluación. (Para

estudiantes con ausencias escolares prolongadas, debidamente justificadas)

Estas evaluaciones serán aplicadas según las necesidades educativas especiales de los estudiantes, deben ser congruentes con las utilizadas en sus procesos de aprendizaje, de modo que, al momento de evaluar, sean conocidas por los estudiantes para que no constituyan una dificultad adicional.

ii. Evaluaciones diferenciadas con adecuación en los objetivos de aprendizaje:

Un criterio fundamental a tener en cuenta para la decisión del uso de evaluaciones diferenciadas en los objetivos de aprendizaje es evitar la eliminación de aquellos aprendizajes que se consideran básicos imprescindibles para el desarrollo integral del estudiante, que son requisitos para seguir aprendiendo y que se detallan más adelante.

Las evaluaciones diferenciadas en los objetivos de aprendizaje pueden considerar los siguientes criterios:

Criterios a considerar para las evaluaciones con adecuación en los objetivos de aprendizaje:

Graduación del nivel de complejidad: Es una medida orientada a adecuar el grado de complejidad de un contenido, cuando éste dificulta el abordaje y/o adquisición de los aspectos esenciales de un determinado objetivo de aprendizaje, o cuando esté por sobre o por debajo de las posibilidades reales de adquisición de un estudiante. Algunos de los criterios que orientan la graduación del nivel de complejidad de los aprendizajes son los siguientes:

● Segmentar la evaluación o trabajo evaluado, por contenidos, previo aviso al apoderado de contenidos segmentados y fechas a evaluar. (La evaluación se realizará en instancias dentro de la clase)

● Tipo de evaluación. ● Escala de evaluación, porcentaje de exigencia, el último dependerá del

diagnóstico, y se tomará de común acuerdo con el equipo de docentes y orientación escolar.

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Priorización de objetivos de aprendizaje y contenidos: Consiste en seleccionar y dar prioridad para evaluar determinados objetivos de aprendizaje, que se consideran básicos imprescindibles para su desarrollo y la adquisición de aprendizajes posteriores. Implica, por tanto, jerarquizar a unos por sobre otros, sin que signifique renunciar a los de segundo orden, sino más bien a su postergación o sustitución temporal. Algunos de las estrategias que se deben priorizar por considerarse fundamentales son:

● Segmentar la evaluación o trabajo evaluado, por objetivos, previo aviso al

apoderado de contenidos segmentados y fechas a evaluar. (La evaluación debe ser tomada dentro del aula).

Temporalización: Consiste en la flexibilización de los tiempos establecidos en una evaluación. Este tipo de evaluación está preferentemente orientada a la atención de las necesidades educativas especiales que afectan el ritmo de aprendizaje. Puede implicar la destinación de un período más prolongado o graduado para la consecución y consolidación de ciertos aprendizajes sin que se altere la secuencia de éstos.

● Segmentar la evaluación o trabajo evaluado, previo aviso al apoderado de

contenidos segmentados y fechas a evaluar. (La evaluación será tomada dentro del aula).

● Dar más tiempo para la evaluación o trabajo evaluado, siempre dentro del aula común.

Enriquecimiento del currículum: Esta modalidad de evaluación corresponde a la incorporación de objetivos no previstos en las Bases Curriculares y que se consideran de primera importancia para el desempeño académico y social del estudiante, dadas sus características y necesidades. Supone complementar el currículum con determinados aprendizajes específicos, como, por ejemplo:

● Profundizar en algún aspecto del currículo correspondiente al nivel, a través de la estrategia de integración de asignaturas o incorporando objetivos de aprendizaje, materiales y actividades que respondan a las necesidades de profundización de algunos estudiantes.

Eliminación de aprendizajes: La evaluación con eliminación de objetivos de aprendizaje se debe considerar sólo cuando otras formas de adecuación curricular no resultan efectivas. Esta será siempre una decisión para tomar en última instancia y después de agotar otras alternativas para lograr que el estudiante acceda al aprendizaje. Algunos de los criterios para tomar la decisión de eliminar un aprendizaje son los siguientes:

● Cuando la naturaleza o la severidad de la necesidad educativa especial es tal, que los

otros tipos de evaluación no permiten dar respuesta a las necesidades de evaluación de aprendizaje del estudiante.

● Cuando los aprendizajes esperados suponen un nivel de dificultad al cual el estudiante con necesidades educativas especiales no podrá acceder.

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…wir sind an der Ausbildung von Führungskräften für die Welt aktiv beteiligt… /...participamos activamente en la formación de líderes para el mundo…

● Cuando los aprendizajes esperados resultan irrelevantes para el desempeño del estudiante con necesidades educativas especiales en relación con los esfuerzos que supondría llegar a alcanzarlos.

● Cuando los recursos y apoyos extraordinarios utilizados no han tenido resultados satisfactorios.

● Cuando esta medida no afecte los aprendizajes básicos imprescindibles, tales como el aprendizaje de la lectoescritura, operaciones matemáticas y todas aquellas que permitan al estudiante desenvolverse en la vida cotidiana.

Las evaluaciones diferenciadas a utilizar para los estudiantes con necesidades educativas especiales no deberían verse afectadas por las barreras y necesidades educativas especiales que se presenten en cada caso en particular, debido a que existen diversas formas de medir los aprendizajes de los estudiantes, en modalidad de acceso y significativa, dando respuesta a todos y cada uno de nuestros estudiantes.

Referencias Bibliográficas

Bachillerato Internacional. (Sin fecha). Principios. Recuperado de https://www.ibo.org/es/about-the-ib/mission/

Bachillerato internacional IBO (2013): Respuesta a la diversidad de aprendizaje de los alumnos en el aula, Cardiff, Gales, Reino Unido, Editorial Peterson House.

Bachillerato internacional IBO (2010): La diversidad en el aprendizaje y las necesidades educativas especiales en los programas del Bachillerato Internacional, Cardiff, Gales, Reino Unido, Editorial Peterson House.

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Colegio Alemán de Los Ángeles. (2020). Política de Evaluación. Los Ángeles: DSLA.

Colegio Alemán de Los Ángeles. (2020). Reglamento interno y de convivencia escolar DSLA.

Creatividad Acción y Servicio. Declaración de Principios del IB. Recuperado de https://sites.google.com/site/uedacas/project-definition

MINEDUC (2017): Orientaciones sobre Estrategias Diversificadas de enseñanza para Educación Básica, en el Marco del Decreto 83/2015.

MINEDUC (2015): Decreto nº 83 - Diversificación de la enseñanza.

MINEDUC (2010): Ley 2042- Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad.

MINEDUC (2009): Ley General de Educación.